El gobierno nacional informó hoy que aplicará derechos de exportación de manera retroactiva a empresas exportadoras que no pudieron demostrar la tenencia o adquisición de partidas de granos y derivados declarados en 2007/08 en el Registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de la Sagpya.
Así lo dispuso la resolución 1898/08 de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca), publicada hoy jueves en el Boletín Oficial, por medio de la cual se determinó que partidas de commodities agrícolas por un volumen total de 17,78 millones de toneladas, declaradas antes de los aumentos de retenciones implementados en noviembre de 2007 y en marzo de 2008, deberán tributar la alícuota de la retención vigente al momento de concretar el embarque.
El 12 de noviembre de 2007 comenzó a regir un cambio en los derechos de exportación de los commodities agrícolas, que en el caso del poroto de soja a granel pasó de 27,5% a 35,0%. Posteriormente, el 12 de marzo de 2008 se introdujo un nuevo incremento de las alícuotas en el marco del reemplazo del régimen de retenciones fijas por móviles (con rangos que oscilaron entre el 44% y el 48%). Y el 21 de julio pasado se restablecieron las alícuotas vigentes al 12 de noviembre del año pasado.
La cuestión es que antes del 12 de noviembre de 2007 y, posteriormente, antes del 12 de marzo de este año muchas firmas exportadoras de commodities habían declarado ante la Sagpya ventas externas de granos y derivados del ciclo 2007/08 por un volumen significativo.
De esta manera, por medio de la resolución 1898/08, la Oncca informó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) que “del total de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior analizadas no han acreditado la adquisición o tenencia de la mercadería registrada, en los términos de la Ley 26.351 y su decreto reglamentario 764”, operaciones por un total de de 17,78 millones de toneladas, “debiendo tributar las alícuotas correspondientes a la fecha de oficialización de la destinación de exportación”.
La Afip deberá ahora encargarse de calcular y percibir en cada caso las diferencias entre la alícuota declarada y la vigente al momento del embarque.
A continuación se reproduce la lista total de empresas que, según la Oncca, no pudieron acreditar la adquisición o tenencia de la mercadería declarada en el registro de exportación.
- Aceite de girasol en bruto a granel: Aceitera General Deheza, Cargill, Molinos Río de la Plata, Nidera y Oleaginosa Moreno.
- Aceite de girasol envasado y aceite de girasol refinado a granel: Dow Agrosciences Argentina
- Aceite bruto de soja: Aceitera General Deheza, ACA, Bunge Argentina, Cargill, Compañía Argentina de Granos, Daluc SA, Dreyfus, Molinos Cañuelas, Molinos Río de la Plata, Nidera, Oleaginosa Moreno, Vicentín,
- Aceite refinado de soja: Bunge Argentina
- Girasol a granel: Luis Ducret y Cía
- Harina de soja: Aceitera General Deheza, Agroindustria Madero, Compañía Argentina de Granos, Dreyfus, Molinos Cañuelas, Molinos Río de la Plata, Nidera, Oleaginosa Moreno, Vicentín, Servicios Integrados para la Exportación de Agroalimentos.
Una curiosidad: figura una partida de 3555 toneladas a nombre de YPF Sociedad Anónima.
- Harina de trigo con hiero y vitaminas: Andrés Lagomarsino e Hijos, Lucio Antonio Aramayo, ACA, Bunge Argentina, Cánepa Hnos, Cargill, Cooperativa Agrícola de Justiniano Posse Ltda, Evolution Technology SA, Molino Argentino, Molino Chacabuco, Molino Florencia, Molinos Marimbo, Oscar A. Nieto, Amilton Pessoa de Carvalho y Multigranos SA.
- Maíz a granel: Adeco Agropecuaria, Agricultores Federados Argentinos, Gear, Grupo Transpatagonia, Lihue Tue SA, Nidera, Noble Argentina, Oleaginosa Moreno, Quebrachito Granos y carnes, ACA, Cargill, Desab SA, Multigranos SA y Productos Sudamericanos.
- Pellet de girasol y de harina de girasol: Aceitera General Deheza, Cargill, Nidera, Curcija SA, Oleaginosa Moreno, Vicentín, Bunge Argentina y Molinos Río de la Plata.
- Pellets de soja: Agricultores Federados Argentinos, ACA, Bunge Argentina, Cargill, Compañía Argentina de Granos, Molinos Cañuelas, Oleaginosa Moreno y Vicentín.
- Soja a granel: Banderitas SA, Compañía Argentina de Granos, Corpenaike SA, Molinos Cañuelas, Nicolás Vicente Pereda, Soyapampa SA y Viejo Roble International.
- Soja desactivada: Agro Sudamericana, Compañía Agroindustrial La Oriental, La Nueva Esperanza SA, Banderitas SA y Nepalesa SA.
- Trigo a granel: Banderitas SA, Bio Grains, Alberto A. Garat, Luis A. Ducret y Cía, Nicolás Vicente Pereda y Soyapampa SA.
El pasado 30 de junio, por medio de la resolución 1487/08 de la Oncca, se había dispuesto la aplicación de derechos de exportación de manera retroactiva a 35 empresas exportadoras que no pudieron demostrar la tenencia o adquisición de partidas de soja 2007/08 por un volumen de 6,19 millones de toneladas (que habían sido declaradas antes del 12 de noviembre de 2007).



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