Las diferentes situacionesde los productores fueron establecidas de la siguiente manera:
1) Establecimiento propio en Pcia. de Buenos Aires e ingresos totales en el ejercicio fiscal / año calendario anterior mayores a $60.000.000 —> 1,75%
2) Establecimiento propio en Pcia. de Buenos Aires e ingresos totales en el ejercicio fiscal / año calendario anterior menores a $60.000.000 —> 1,00%
3) Establecimiento arrendado en Pcia. de Buenos Aires e ingresos totales en el ejercicio fiscal / año calendario anterior mayores a $10.000.000 —> 2,00%
4) Establecimiento fuera de la Pcia. de Buenos Aires cuando la mercadería se descargue en Buenos Aires —> 4% sobre el 15% de la operación.
Todavía se están tratando de aclarar con las autoridades de ARBA varios puntos respecto a cómo retener en los casos de productores que tiene ambos tipos de establecimientos debido a la dificultad para determinar la procedencia de la mercadería.

