La Argentina estableció un régimen legal para la protección y promoción de productos agrícolas y alimentarios que presenten características o cualidades diferenciales en razón de su origen geográfico, incluyendo tanto factores naturales como humanos.
La presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, firmó el decreto n° 556/09 que reglamenta la ley n° 25.380 y su modificatoria n° 25.966, lo que vuelve completamente operativa esta herramienta de suma importancia para las producciones nacionales localizadas y las economías regionales, en completa sintonía con lo solicitado por distintos gobiernos provinciales, y el impulso que el Estado nacional está otorgando al valor agregado y al desarrollo regional.
La Indicación Geográfica es aquella que identifica un producto como originario del territorio de un país, o de una región o localidad de ese territorio, cuando determinada calidad u otras características del producto sean atribuibles fundamentalmente a su origen geográfico.
Por otro lado, la Denominación de Origen corresponde al nombre de una región, provincia, departamento, distrito, localidad o de un área del territorio nacional debidamente registrado que sirve para designar un producto originario de ellos y cuyas cualidades o características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico, comprendidos los factores naturales y los factores humanos.
El objetivo principal de estas herramientas es la protección de ‘nuestro saber hacer’ y la diferenciación de nuestros productos con identidad territorial. Es decir se busca reconocer y proteger el valor de producciones regionales y ‘especialidades alimentarias’ diversas, tan renombradas como carentes ‘hasta hoy- de soporte efectivo.