El delegado de UATRE Chaco, José Antonio Voytenco informo que la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) a través de sus representantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), logró un aumento del 29,6% en la escala salarial de los trabajadores rurales que realizan tareas permanentes, de manera continua o transitoria en el ámbito de todo el país.
La nueva remuneración establece un sueldo mensual para el Peón General de $ 3315,60, mientras que el jornal fue establecido en $145,86.
Esto se concretará en dos cuotas acumulativas: el 20% desde el 1º de octubre y el 9,6% desde el 1º de diciembre del presente año.
La Resolución Nº 103/12 es la que actualiza los valores determinados de la Resolución Nº 71/2011, que regía desde septiembre del mismo año.
De acuerdo al Artículo Nº 3 de la reciente resolución, en las actividades agrarias temporarias, particulares y regionales que se desarrollan en las distintas jurisdicciones, se establecerán las remuneraciones mínimas respectivas atendiendo y tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región y de la actividad especifica objeto de tratamiento.
“Esta es nueva conquista para los trabajadores rurales organizados en la UATRE y que sirve para dignificar el trabajo de la familia rural” sentenció Voytenco.
Asimismo el dirigente gremial chaqueño precisó que “los empleadores deben abonar además la bonificación por antigüedad que será el 1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga un antigüedad de 10 años, y del 1,5% cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años”.
Según publicó Chaco día por Día, a la par destacó que dentro de la liquidación del mes de octubre se deberá abonar al trabajador rural el valor de 2 jornales (de acuerdo a su categoría). Uno por el día del Trabajador Rural y el segundo por el Día de la Diversidad Cultural del 12 de octubre, que se adelantó para el día 8 de octubre.
Además UATRE recuerda que los empleadores actuaran como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a todos los trabajadores comprendidos en el marco de la Resolución 103/12, que se establece en el 2% mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal.
Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el 15 de cada mes en la cuenta especial de UATRE N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina.

