La resoluciones conjuntas 109/07 y 40/07 fueron firmadas por los ministros de Economía, Miguel Peirano, y de Interior, Aníbal Fernández y publicadas este viernes en el Boletín Oficial y por la agencia Télam.
La decisión beneficia a productores ganaderos, explotaciones frutihortícolas y florícolas.
A los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente.
No se podrá acceder a los beneficios cuando los daños ocasionados puedan ser cubiertos o amparados por el régimen de seguro que cubra los fenómenos adversos.
Tampoco podrán ser beneficiarios cuando la actividad que desarrollen no sea apta para la zona agroecológica de que se trate, aclara la resolución.