Quienes fuman cigarrillos y toman cerveza en Uruguay pagan el Impuesto Específico Interno (Imesi) pero la marihuana no estará gravada con este tributo aplicado mayormente a productos considerados de lujo, según publicó iProfesional.
A su vez, el decreto reglamentario que firmará hoy el presidente de la República, José Mujica, exonera a los productores de marihuana del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (Imeba). El único impuesto que deberán pagar los empresarios es el IVA a los productos agropecuarios en su estado natural, también conocido como IVA en suspenso.
El tributarista Carlos Loaiza señaló a El Observador de Uruguay que se trata de un “régimen tributario favorable para la marihuana”. La ley que regula el mercado de marihuana no hace ninguna referencia a la carga tributaria que recaerá sobre la producción y venta del producto.
La normativa tributaria se reduce a los últimos dos artículos del decreto reglamentario de la ley, difundido el pasado fin de semana por Presidencia. El artículo 103 establece que el cannabis psicoactivo será considerado, a los efectos tributarios, un producto agropecuario en su estado natural. El 104 fija en “0% la tasa del Imeba para los hechos generadores vinculados al cannabis psicoactivo”.
Loaiza explicó que la reglamentación establece “un régimen favorable de IVA, la exclusión del Imesi y tasa cero de Imeba, lo que deriva en un régimen tributario favorable para la marihuana”. El tributarista considera, en primer lugar, que este régimen establece “una diferencia notoria con productos similares, como el tabaco, los cigarrillos o la cerveza, que pagan impuestos”.
En segundo lugar, Loaiza plantea que “se resigna recaudación y esto se contradice con la intención inicial del gobierno de recaudar para rehabilitar a los adictos”.
Mujica señaló que para prevenir que el narcotráfico compita en precio con el mercado legal, “una parte del impuesto está puesto como un comodín, que se puede utilizar su aumento o su rebaja de acuerdo a lo que está haciendo la competencia”.

