La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó una herramienta para fortalecer los controles integrales sobre el comercio exterior. Con el nuevo mecanismo, sólo percibirán los reintegros de exportación aquellos operadores que no tengan destinaciones en situación de “incumplidos reportados” o “vencido sin cumplido reportado” por los bancos de seguimiento que intervengan en la operación comercial.
La medida se tomó a partir de que el organismo detectara que 99.295 destinaciones de exportación (correspondientes a más de 7.484 operadores), se encuentren, de acuerdo a los bancos de seguimiento, en calidad de “incumplidos reportados” o “vencidos sin cumplidos reportados”.
La AFIP comunicó esta situación al Banco Central de la República Argentina (BCRA) e instruyó a sus áreas operativas la realización de los correspondientes sumarios.
Antes de implementarse este sistema, los exportadores que registraban destinaciones “incumplidas” podían seguir percibiendo los reintegros de las demás operaciones. Ahora, en caso de que una exportación sea informada por el BCRA como “incumplida”, se encontrará alcanzado por un “bloqueo operativo” que no permitirá percibir los reintegros de todas las destinaciones de la CUIT del exportador.
En necesario aclarar que este bloqueo sólo afecta al pago de reintegros y el exportador podrá seguir operando sin restricciones.