A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció una serie de cambios a la ley 24.076. Según lo establecido ahora, las solicitudes de exportación de gas natural deberán presentarse ante la secretaría de Energía, que a su vez las elevar “junto con su recomendación y con la del ente regulador al Poder Ejecutivo a los efectos de su autorización”.
Además, el decreto dispuso que cuando las exportaciones impliquen la construcción de gasoductos o nuevas conexiones a ellos, la autorización de venta contendrá también el visto bueno para que se concreten esas obras.
Y puntualizó que las autorizaciones que emita el Poder Ejecutivo “podrán prever la exportación de excedentes de gas, siempre que estén sujetos a interrupción cuando existan problemas de abastecimiento interno”.
El Gobierno justificó esta medida al señalar que “dada la importancia que tiene el gas como recurso energético no renovable y estratégico, es necesaria la adopción de medidas para optimizar su utilización y brindar seguridad para el desarrollo económico y social” de la Argentina.
El decreto lleva la firma del presidente Néstor Kirchner; del jefe de Gabinete, Alberto Fernández y del ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.