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Retenciones retroactivas: este miércoles se reunirá en el Congreso la Comisión Investigadora

El organismo legislativo fue creado en agosto de 2008. Pero se conformó recién ahora. Las normas oficiales que pretendían cobrar retenciones retroactivas sobre 23,9 M/toneladas de granos y derivados de la cosecha 2007/08 jamás se aplicaron.

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Por Infocampo

El próximo miércoles 15 de diciembre a partir de las 11:00 horas se reunirán los doce integrantes de la Comisión Bicameral Investigadora de Presuntas Irregularidades en las Declaraciones Juradas de la Venta al Exterior de Productos Agropecuarios.

La reunión se producirá casi dos años y medio después de haberse dispuesto la conformación de ese cuerpo legislativo.

“Se trata de un encuentro preparatorio para trabajar muy fuerte en lo que respecta a las investigaciones a partir del año que viene”, dijo hoy a Infocampo.com.ar Ulises Forte, diputado nacional (UCR; La Pampa) que integra dicha comisión investigadora.

“Es positivo que, luego de más de dos años de no haber hecho nada, ahora se nos haya convocado por decisión política de la oposición”, señaló Forte, para luego mencionar que “es un espacio formado entre todos los bloques que puede servir para empezar a trabajar” sobre el tema.

A fines de junio de 2008 el gobierno nacional, por medio de la resolución 1487/08 de la Oncca, determinó que aplicaría derechos de exportación de manera retroactiva a 35 empresas exportadoras que –según la Oncca– no habían podido demostrar la tenencia o adquisición de partidas de soja 2007/08 por 6,19 M/toneladas declaradas en su momento el Registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de la Sagpya. Luego, en julio de 2008, se dictó una medida similar sobre 17,78 M/toneladas de granos y derivados (resolución 1898/08 de la Oncca).

Las compañías exportadoras de commodities agrícolas presentaron ese mismo año una queja formal ante la Oncca al considerar que los volúmenes involucrados en las resoluciones 1487/08 y 1898/08 no se correspondían con las compras y tenencias reales de granos en poder de los traders al momento de ocurrir los cambios de los derechos de exportación (noviembre de 2007 y marzo de 2008).

Si bien las resoluciones en cuestión son de la Oncca, el organismo encargado de resolver el tema es la Afip (cuyo actual titular es Ricardo Echegaray, pero que estuvo al frente de la Oncca cuando se instrumentaron las resoluciones 1487/08 y 1898/08).

Si bien el cobro de retenciones retroactivas quedó en suspenso, lo cierto es que la normativa sigue vigente y constituye un factor condicionante para el sector exportador y la industria oleaginosa local.

El 12 de noviembre de 2007 comenzó a regir un cambio en los derechos de exportación de los commodities agrícolas, que en el caso del poroto de soja a granel pasó de 27,5% a 35,0%. Posteriormente, el 12 de marzo de 2008 se introdujo un nuevo incremento de las alícuotas en el marco del reemplazo del régimen de retenciones fijas por móviles (durante los meses en los que estuvo vigente la alícuota móvil se ubicó en niveles que oscilaron entre el 44% y el 48%).

La cuestión que antes de que entraran en vigencia dichos cambio en las retenciones, los exportadores de commodities habían declarado ante la entonces Sagpya ventas externas de poroto de soja del ciclo 2007/08 por 8,61 millones de toneladas (M/t) y ventas de harina/pellets de soja por 8,19 M/t, además de 1,97 M/t correspondiente a aceite de soja.

Los antecedentes de la medida puede verse en el siguiente link.

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