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Se declaró el estado de emergencia por sequía en partidos del noreste pampeano

Abarca los partidos de Conhelo, Catriló, Capital, Rancul, Toay, Loventué y parte de Trenel, Quemú-Quemú y Atreucó. Se podrá deducir de Ganancias el beneficio generado por las ventas forzosas de hacienda.

Abarca los partidos de Conhelo, Catriló, Capital, Rancul, Toay, Loventué y parte de Trenel, Quemú-Quemú y Atreucó. Se podrá deducir de Ganancias el beneficio generado por las ventas forzosas de hacienda.

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Por Infocampo

El gobierno nacional, por medio de la resolución 502/10 del Ministerio de Agricultura (publicada hoy martes en el Boletín Oficial), determinó el estado de emergencia por sequía en la totalidad de los departamentos pampeanos de Conhelo, Catriló, Capital, Rancul, Toay y Loventué desde el 1 de abril de 2010 hasta el 30 de septiembre de 2010.

La medida –vigente para explotaciones agrícolas, ganaderas y mixtas– también abarca la sección I, fracción D, lotes 11 al 20 del departamento Trenel; la sección II, fracción B, lotes 1, 2, 9 al 12 y 19 al 22 del Departamento Quemú-Quemú; la sección III, fracción A, lotes 4 al 7, 14 y 15; y la sección III, fracción B, lotes 1 al 15 del Departamento Atreucó.

La resolución indica que en dichas zonas se determina al 31 de diciembre de 2010 como la fecha de finalización del actual ciclo productivo a partir de lo estipulado en los artículos 22 y 23 de la Ley de Emergencia Agropecuaria (26.509).

El artículo 23 de la Ley 26.509 contempla la posibilidad de deducir del impuesto a las Ganancias el 100% del beneficio generado por las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.

Para poder recibir tales beneficios los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en la emergencia o desastre agropecuario.

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