El mecanismo de compensaciones fue extendido por el gobierno a los usuarios de molienda de trigo que posean matrícula habilitante vigente en tal carácter en el Registro de Operadores del Comercio de Granos, creado en marzo de este año por la Oficina de control Comercial Agropecuaria. Así lo determina la resolución 339/07 de la Oncca publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma indica que las solicitudes de compensación correspondientes a los usuarios de molienda serán efectuadas a través de los molinos en los que se haya efectuado la molienda.
Para el supuesto que el molino de harina de trigo no realizara presentación alguna, el usuario de molienda podrá ahora solicitar la compensación en forma directa ante la Oncca.
La compensación se determinará sobre las ventas al mercado interno, aplicándose sobre el 85% de las toneladas indicadas en los respectivos Formularios C1116 B ó C y se pagará en forma mensual, por mes vencido.
El monto del subsidio se calculará a partir de la diferencia que surja entre el precio que fija regularmente la SAGPyA (que al día de hoy es de 472 $/tonelada; se publica en el apartado “precios y cotizaciones” de www.agricultura.gov.ar) y el valor establecido por la resolución 19/07 del Ministerio de Economía (que es de 370 $/tonelada). Es decir: al día de hoy el subsidio sería del orden de 102 $/tonelada.
Para ver la resolución completa, ingresar a:
www.boletinoficial.gov.ar