Los nuevos requisitos entraron en vigencia a través del decreto 355/010, reglamentario de la Ley 18.494 que se aprobó en 2009 para avanzar con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que en uno de sus recientes informes advirtió que “al igual que otros países de la región, Uruguay se encuentra expuesto a las actividades de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.
El GAFI destacó las iniciativas que se plantearon en la mencionada ley, en la que no sólo se establecen obligaciones a las inmobiliarias sino también para “otros intermediarios en transacciones que involucren inmuebles, como los escribanos (cuando participan en ciertas operaciones entre las que se incluyen la compra-venta) y a los rematadores”.