Un proyecto impulsado por el Frente para la Victoria-Partido Justicialista sobre el derecho de los pacientes terminales a morir con dignidad se convirtió en ley este jueves por la tarde, luego de que el Senado le diera sanción definitiva por unanimidad, tal cual ocurrió con su tratamiento en la Cámara baja hace dos semanas.
La iniciativa, elaborada por Marcelo Feliú, faculta a los pacientes terminales o a sus familiares a cargo a no admitir tratamientos quirúrgicos o de reanimación que sean desproporcionados con las perspectivas de mejoría o produzcan un dolor o sufrimiento desmesurado e innecesario, acciones conocidas bajo el concepto de encarnizamiento terapéutico.
“Estamos respetando la autonomía y la voluntad de cada persona para decidir sobre su vida en los momentos terminales o de agonía”, argumentó Feliú, quien precisó que “si esta autonomía no puede expresarse a cargo del paciente terminal, los familiares más cercanos serán quienes puedan tomar esa determinación”.
Asimismo, el diputado resaltó que la norma “no obliga a nadie, sino que sólo permite una libre elección”, al tiempo que añadió: “si alguien decide algo distinto a lo que esta ley habilita, está en todo su derecho y se le garantiza la posibilidad de elegir”.
En conjunto a la propuesta legislativa de Feliú, también se sancionó la adhesión a la modificación de la Ley sobre Derechos del Paciente, en sintonía con la aprobada recientemente por el Congreso nacional.
El texto establece que la declaración de voluntad es revocable en cualquier momento, y que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la presente ley estará sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa”.
Según confió Feliú, “están garantizados todos los cuidados paliativos y prácticas médicas para que quienes tomen una decisión de esta naturaleza, al mismo tiempo reciban todo lo necesario para mitigar dolores corporales o sufrimientos”.
En la decisión del parlamento provincial mucho tuvo que ver la campaña encarada por Selva Herbón y Susana Bustamante, madres de Camila y Melina respectivamente, para impulsar la sanción de la ley nacional de “muerte digna”, ante los casos irreversibles y de sufrimiento de sus hijas.
En tanto, el ministro de Salud, Alejandro Collia, sostuvo: “Ya estamos trabajando en un protocolo de atención para implementar la nueva normativa en todos los hospitales de la Provincia”, quien comenzó a trabajar con y el representante del FAP, Marcelo Díaz, para sentar las bases de la futura reglamentación, que contará con la participación de todos los sectores políticos.
Collia celebró que “la Provincia cuente con una herramienta legal que protege la autonomía de voluntad del paciente y que resguarda al equipo de salud”. La norma permite que el paciente terminal rechace procedimientos que no ayuden a revertir ni a mejorar su salud, con la intención de respetar el derecho a morir dignamente, evitar el encarnizamiento médico y la prolongación de la agonía.
La ley nacional de muerte digna es, en rigor, la modificación de otra conocida como “ley de derechos del paciente”. Al igual que la versión provincial, establece que aquella persona que padezca una enfermedad irreversible, incurable o que haya sufrido lesiones que la coloquen en igual situación, tiene derecho a rechazar procedimientos quirúrgicos o de reanimación artificial cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor desmesurado.
En su artículo sexto, establece que las personas que se encuentren en situación terminal tienen derecho a saberlo. Pero en caso de no desear conocer su estado o pronóstico, el médico deberá respetarlo, y el enfermo deberá designar a la persona que recibirá esa información
Por otra parte, la norma garantiza el derecho de rechazar procedimientos de hidratación y alimentación cuando produzcan, como único efecto, la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal.
Del lado de los médicos, la ley de muerte digna deja en claro que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la norma, está sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa.
Los especialistas reconocen que la ley sirve para dejar morir en paz: cuando la enfermedad no sólo es incurable sino que además representa un suplicio insoportable, por eso, señalaron que “siempre que el paciente lo pida, no hay que vacilar porque, en estos casos, el daño mayor es la enfermedad y no la muerte”.

