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Hasta el 1 de junio se realiza la inscripción obligatoria de tambos y cabañas en el Plan Nacional

El trámite es gratuito y debe realizarse en la Oficina del Senasa más próxima al predio productivo.

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El 1 de junio vence el plazo para la inscripción obligatoria de los establecimientos lecheros bovinos, ovinos y caprinos y cabañas de carne y leche, en el marco del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina, recordó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

El trámite es gratuito y debe realizarse en la Oficina del Senasa más próxima al predio productivo. Abarca a todos los establecimientos lecheros bovinos y caprinos; cabañas de bovinos y caprinos (carne y leche) y establecimientos y cabañas de ovinos de leche, según la Resolución Senasa 128/2012.

Pasado dicho plazo sin haber efectuado la correspondiente inscripción, los establecimientos no podrán realizar movimientos de ganado ni emitir Documentos de Tránsito Electrónico (DTe) o Documentos para el Tránsito de Animales (DTA) hasta que regularicen la situación.

Una vez inscriptos los establecimientos, deberán implementar dos pruebas tuberculínicas anuales con un intervalo mínimo de sesenta días y un máximo de seis meses entre cada una de ellas. Para lograr la Certificación Oficial de Tuberculosis dichas pruebas deben arrojar resultados negativos.

Fuente: Prensa Senasa

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