La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas, que alcanza a la emisión de comprobantes a consumidores finales mediante la utilización de controladores fiscales.
El nuevo régimen informativo está diseñado y dirigido a las cadenas de super e hipermercados que integran el programa de Precios Cuidados y permitirá al Gobierno el monitoreo diario de cantidad vendidas y sus valores.
La medida, que había sido anticipada sin dar detalles por el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, se adoptó a través de la resolución general 3580 de la AFIP, publicada ayer en el Boletín Oficial con la firma de Ricardo Echegaray, titular del organismo recaudador.
Establécese un Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas, mediante el cual los sujetos obligados deberán informar respecto de las operaciones efectivizadas mediante controladores fiscales, las cantidades vendidas y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día, según el primer artículo del texto oficial.
Así, mediante el nuevo régimen, los supermercados deberán informar las cantidades vendidas y el precio unitario facturado, correspondiente a cada día, de un conjunto de productos incluidos en el micrositio de al AFIP.
Si bien la información deberá incluir un detalle diario, tendrá que ser remitida al ente recaudador con frecuencia semanal.
La AFIP aclaró que los productos alcanzados que no registren ventas en el período que se informa, deberán ser identificados ingresando cero (0) en el campo correspondiente a cantidad.
Según publicó El Cronista. los diseños de registro de los archivos a remitir se encontrarán disponibles en el micrositio de AFIP dentro del apartado de Comercio Minorista.
La resolución precisó que los responsables deberán remitir la información requerida generando un archivo por cada día, dentro de los 7 días corridos siguientes al período (día) por el que se informa, mediante una de las siguientes opciones:
– Transferencia electrónica de datos del formulario F. 8540 mediante el servicio denominado Presentación de DDJJ y Pagos a través de la página de Internet de la AFIP.
– Intercambio de información mediante webservice denominado Presentación de DDJJ, en la misma página de Internet.
El organismo justificó la medida al señalar en los considerandos de la resolución que, desde el 1º de abril próximo, regirá la modificación dispuesta sobre el régimen de emisión de comprobantes mediante controladores fiscales, a los efectos de contemplar los avances tecnológicos.
La obligación de utilizar nuevos equipos, de manera gradual, apunta a optimizar los métodos de obtención de datos contenidos en dichos controladores, y su transmisión en forma sistémica y periódica a las bases informáticas de la Administración Federal, dijo la flamante norma.
A su vez, puntualizó que complementariamente al desarrollo estratégico relacionado con el control sistémico y en línea de las operaciones comerciales, resulta aconsejable establecer un Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas.
En los casos de incumplimiento a los deberes previstos en el presente régimen, serán aplicables las normas sancionatorias correspondientes establecidas en la Ley de Procedimiento Tributario, marca el artículo 4 de la nueva resolución.