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Desde el 2 de marzo será obligatorio el caravaneo de los rodeos bovinos

El Sistema Nacional de Identificación del Ganado Bovino, mediante el caravaneado de los animales, será obligatorio a partir del 2 de marzo en cumplimiento de las resoluciones dictadas por el Senasa.

El Sistema Nacional de Identificación del Ganado Bovino, mediante el caravaneado de los animales, será obligatorio a partir del 2 de marzo en cumplimiento de las resoluciones dictadas por el Senasa.
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Por Infocampo

La medida oficial establece que los terneros machos y hembras nacidos en el Territorio Nacional, en el 2006, deberán ser identificados en forma individual mediante una caravana que consigne el número de animal.

 

La normativa establece que la identificación será requisito indispensable, previo al traslado de cualquier animal comprendido en la presente medida, incluyendo los destinados a faena para exportación. Desde el Senasa se indicó que el comienzo de la tarea de identificación de todos los animales coincidirá con las campañas de vacunación contra la fiebre aftosa, acordada con las provincias.

El ente sanitario nacional también establecerá y mantendrá el registro unificado de los datos recibidos, de manera que permita iniciar en forma adecuada el proceso de trazabilidad del animal que se trate. Los productores deberán realizar las gestiones correspondientes para obtener el CUIG (Clave Única de Identificación Ganadera) en la oficina del Senasa de su jurisdicción. La identificación se realiza colocando una caravana tarjeta en la oreja izquierda y otra botón-botón, en la oreja derecha y es esencial para los registros de origen de los terneros ante el Senasa.

Desde el aspecto productivo facilita la obtención de información sobre tratamientos sanitarios y manejo de hacienda y, para identificar correctamente y evitar la pérdida de alguna de las dos caravanas.

Al finalizar la colocación de cada juego de caravana en el ternero, deben completarse las planillas de identificación y llevarlas (original y copia) a la oficina local del Senasa de la jurisdicción del establecimiento, una vez colocadas las caravanas. Posteriormente, los productores deberán dejar el duplicado de la planilla en el establecimiento como resguardo ante una auditoría o control, así como chequearlas antes de largar los animales del corral. Una vez presentadas las planillas en el Senasa, se debe tener en cuenta que el daño o pérdida de cualquiera de las dos caravanas, conlleva la reidentificación obligatoria del animal con caravanas celestes.

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