Los derechos de exportación aplicados al trigo subieron hoy a contramano de las declaraciones realizadas el martes pasado por el ministro de Economía Martín Lousteau.
Esta semana el funcionario, al anunciar la implementación del régimen de retenciones móviles para granos y productos derivados, señaló que a los valores actuales las retenciones para el trigo y el maíz bajaban en 0,8 y 0,9 punto, respectivamente, para quedar en 24,2% y 27,1% del valor FOB.
“Esta es la primera vez (desde 2002, cuando se implementaron los derechos de exportación sobre los granos) que se bajan las retenciones, en un contexto de aumento internacional de precios”, remarcó entonces Lousteau. La veracidad de tal afirmación duró poco.
Al día de hoy el derecho aplicable a las ventas externas de trigo 2008/09 es del 28,4%, es decir, un valor 0,4 punto mayor al vigente antes del cambio de régimen, según datos suministrados por la Dirección de Informaciones y Estudios Económicos de la Bolsa de Comercio de Rosario. La alícuota del 28,4% surge a partir de un precio FOB oficial de trigo abril 2008/marzo 2009 de 368 u$s/tonelada.
En el nuevo esquema de retenciones móviles es necesario aplicar, de manera diaria, una fórmula para determinar el derecho de exportación de cada producto. La fórmula en cuestión, según indica la resolución 125/08 del Ministerio de Economía, es la siguiente:
Derecho de exportación = Valor Básico + Alícuota Marginal de la diferencia entre Precio FOB – Valor de Corte / Precio FOB x 100
El precio FOB es el valor de exportación de cada producto, según lo determina diariamente ‘como ya lo viene haciendo’ la Secretaría de Agricultura (Sagpya). En tanto, el Valor Básico, el Valor de Corte y la Alícuota Marginal son determinados por la resolución 125/08.

