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El nuevo Código Comercial contempla la pesificación de deudas

Entre los más de 2.600 artículos del nuevo Código Civil y Comercial unificado, el 765 y el 766 dejan claro que el gobierno impulsa la pesificación de deudas contraídas en monedas que "no sean de curso legal".

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El proyecto que unifica y “moderniza” los códigos Civil y Comercial ingresó hoy al Senado en medio de gran confusión y debate, y de no mediar cambios, dispondría una pesificación de las deudas en dólares al valor oficial. Entre los más de 2.600 artículos del nuevo Código unificado, el 765 y el 766 dejan claro que el gobierno impulsa la pesificación de deudas contraídas en monedas que “no sean de curso legal”.

En el caso del artículo 765, se establece que “la obligación de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación”.

“Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial”, sostiene el artículo.

Por su parte, en el caso del artículo 766, que establece la obligación del deudor, dispone que “debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada”. El código unificado consta de 2.671 artículos y reemplaza a los más de 4.000 que tiene el Código Civil actual y los más de 500 del Comercial.

El nuevo Código Civil y Comercial no realiza distinciones entre hombre y mujer a la hora de contraer matrimonio. Posibilita optar entre el régimen de comunidad de ganancias y de separación de bienes; aunque establece que el inmueble asiento del hogar conyugal queda protegido y se requiere del asentimiento de la pareja para cualquier disposición.

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