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Entidades del agro insistieron ante la Corte Suprema por fallos que encarecen los costos laborales

La Sociedad Rural, Coninagro y CAME se presentaron nuevamente ante el máximo tribunal para solicitar la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo.

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La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) informaron este lunes que decidieron presentarse por segunda vez ante la Corte Suprema de Justicia y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT), por un problema que incide en los costos laborales.

¿El motivo? “Solicitar nuevamente la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo”, informaron en un comunicado.

Cabe recordar que la primera presentación fue en julio del año pasado y apuntó a la modificación de la tasa de interés establecida por el Acta 2764/22, vinculada a los juicios laborales.

Un fallo que encarece los juicios laborales puso en alerta al campo: “Producirá un mayor desempleo”

El reclamo de las entidades es que se reemplace por una nueva tasa que incorpore “parámetros de mayor razonabilidad”.

“Esta acta de la CNAT varió el criterio de actualización de los créditos laborales, resolviendo aplicar la capitalización anual sobre las tasas de interés establecidas en actas anteriores, generando de ese modo una nueva distorsión, esta vez muchísimo más grave, injusta e inequitativa, en perjuicio de los empleadores”, señalaron en esa oportunidad.

Y ampliaron que “lejos de aportar una solución en la materia”, esta decisión “lo que produce es un mayor desempleo”, porque “difícilmente los empleadores, y especialmente las pequeñas y medianas empresas, se animen a emplear ante la posibilidad de que una eventualidad laboral tenga un costo muy superior al del negocio en sí mismo”.

OTRO PEDIDO A LA CORTE SUPREMA

Ahora, CAME, la SRA y Coninagro explicaron que esta nueva presentación se fundamentó en que la CSJN resolvió recientemente en el expediente “Recurso Queja Nº 1 – OLIVA, FABIO OMAR c/ COMA S.A. s/despido” (Fallos: 347:100), la improcedencia de la capitalización anual y la irrazonabilidad de la tasa de interés anterior.

El argumento fue que: “En la causa, la capitalización periódica y sucesiva de intereses ordenada derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo…” y “en particular, aun cuando lo atinente a los intereses aplicables a los créditos laborales es una materia ubicada en el espacio de razonable discreción de los jueces de la causa, cabe apartarse de tal principio cuando la decisión cuestionada, amén de carecer de sustento legal, arriba a un resultado manifiestamente desproporcionado que prescinde de la realidad económica existente al momento del pronunciamiento”.

Para las entidades, esto significa que la CNAT fijó la actual tasa de interés pretendiendo adaptarse a los parámetros mencionados; no obstante, “esta solución resulta igual o incluso más desproporcionada según el caso concreto”, se quejaron.

En este marco, recordaron que la tasa refiere a la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más el 6% e implica fijar un índice de actualización como tasa de interés, lo cual, no se encuentra permitido por ley.

“Como conclusión, las entidades ratifican la solución brindada en la presentación anterior en el sentido de que la tasa no puede ser superior a la que se fija para juicios por alimentos en materia civil”, indicaron.

LA NUEVA PRESENTACIÓN ANTE LA CORTE, COMPLETA

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