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Los productores agrícolas deben inscribirse en el Renspa

El Registro es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas.

El Registro es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas.
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Por Infocampo

Continúa la inscripción en las distintas zonas productivas de las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Chubut. El resto de los productores agrícolas deberá hacerlo a partir del 1° de marzo de 2008. Se trata de una medida necesaria para verificar la trazabilidad de los productos de origen agrícola desde la producción hasta el consumo.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recuerda a los productores agrícolas que deben inscribirse en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios.

La disposición conjunta N° 13/07 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa y la N° 154/07 de la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria del organismo establece que la inscripción en el Renspa es de carácter obligatorio y alcanza al conjunto de los productores agrícolas de la Argentina.

Esta medida cumplimenta la resolución Senasa N° 249/03 y el artículo segundo de la resolución 58/2007 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (Sagpya), que establece la obligatoriedad de incorporar el número del Renspa en el rótulo o etiqueta de identificación de las hortalizas frescas.

El Registro es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas. La trazabilidad es una herramienta clave para identificar el origen de los productos y aplicar acciones preventivas y correctivas en caso de detectarse anomalías que pueden poner en riesgo la salud pública o el comercio internacional.

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