Estos valores servirán de referencia obligada para la implementación del mecanismo de subsidios al consumo interno que se ha determinado a través de la Resolución 9/2007. Dicho subsidio será el que resulte de la diferencia entre el Valor de Mercado (precio FAS de paridad*) establecido por la Secretaría de Agricultura para cada producto y los precios de abastecimiento interno determinados oportunamente por la Secretaría de Comercio Interior.
Esta nueva herramienta dispuesta por el Gobierno Nacional a través de la SAGPyA apunta a fortalecer la capacidad comercial de los productores, para que también ellos perciban los beneficios del alza experimentado por los precios internacionales de granos y oleaginosas estableciendo así, un intercambio más justo en estas transacciones comerciales.