Se establece un nuevo procedimiento al que deben ajustarse los contribuyentes que desarrollen actividades agropecuarias que deseen ingresar el impuesto al valor agregado anualmente. Las declaraciones juradas deberán presentarse en forma mensual, en reemplazo de las trimestrales. Las primeras presentaciones mensuales deberán efectuarse por el período fiscal de octubre 2004, para lo cual se establece un procedimiento especial para que durante octubre se presenten las declaraciones juradas mensuales anteriores al mes de septiembre, inclusive.