El Senasa dictó la resolución 155/2008 que aprueba el Manual de Procedimientos para la Fiscalización en Barreras Fitosanitarias del Picudo del Algodonero.
La medida tiene como objetivo establecer los procedimientos operativos a desarrollar por los agentes que se desempeñan en las Barreras Fitosanitarias del Programa Nacional de Prevención y Erradicación del Picudo del Algodonero, establecidas en la resolución 224/05 del Organismo, modificada por la resolución 766/05 o por aquellas que la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa, facultada por las mencionadas resoluciones, establezca oportunamente.
El Senasa entiende que para lograr los objetivos de un control cuarentenario, que involucra una combinación de métodos de controles químicos y legales que permitan prevenir la dispersión del insecto plaga hacia zonas libres del mismo, resulta necesario el establecimiento de puestos de control o barreras fitosanitarias de verificación documental y de pulverización o fumigación de vehículos y/o cargas.
Asimismo se aclara que esta nueva resolución no modifica la normativa vigente en lo referente al tránsito del algodón, tanto en barreras fitosanitarias internas como aquellas ubicadas en pasos fronterizos con países limítrofes.
Es para destacar que la plaga del picudo afecta a las principales provincias productoras de algodón. La plaga se propaga a través del traslado del algodón.
Dentro de los tratamientos se recomienda que en la época de cultivo se debe utilizar una batería de agroquímicos (beta cipermetrina y fosforados en forma alternada, cada cuatro días), también se debe cortar el ciclo de vida, y realizar actividades como destrucción de rastrojo y enterrado; de esta manera se incorpora la materia orgánica al suelo para controlar y cortar el ciclo de vida del insecto, que cumple su tercera parte de vida dentro del botón floral y la cápsula.