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Santa Fe: advierten que no es obligatorio contratar personal para carga de granos

En los últimos días grupos de trabajadores, amparados en una resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, comenzaron a hacerse presentes en campos para exigir que se los contrate para manipular granos.

En los últimos días grupos de trabajadores, amparados en una resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, comenzaron a hacerse presentes en campos para exigir que se los contrate para manipular granos.
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Por Infocampo

La Sociedad Rural de Venado Tuerto alertó a productores de la zona que no están obligados a contratar personal temporario para carga y descarga de granos cuando la empresa cuente con su propio personal permanente para realizar dichas tareas.

En los últimos días grupos de trabajadores, amparados en la resolución 28/09 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), comenzaron a hacerse presentes en campos santafesinos en los cuales se estaba cargando o descargando granos en silobolsas para exigir que se los contrate para realizar esa tarea.

‘Los sindicalistas dicen que para la actividad debe contratarse a empleados de la bolsa de trabajo que el gremio posee, pero lo que los productores deben saber es que la resolución 28 no obliga a contratar personal temporario cuando la empresa cuenta con su propio personal’, aseguró hoy a Infocampo Gisela Gace de la Sociedad Rural de Venado Tuerto.

Asimismo, Gace aclaró que la resolución 28 registra un error para el cálculo del importe que debe pagarse al personal encargado de tareas de manipulación de granos, dado que la norma establece un valor ‘por quintal’ cuando debería decir ‘por tonelada’

Ante esta situación, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario recibió un pedido de impugnación por parte de representantes de Coninagro porque “contiene errores de redacción que la hacen impracticable”.

El próximo 7 de julio se reunirán todas las partes en la ciudad de Rosario, en el ámbito de la Comisión Asesora Regional N° 4, para intentar consensuar una solución a los problemas derivados de la resolución 28.

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