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El Inase estableció el uso obligatorio de formulario para el traslado de semilla en proceso de fiscalización

Deberán solicitarlo quienes produzcan especies cuya estructura vegetal destinada a la siembra o propagación corresponda a la de semilla botánica.

Deberán solicitarlo quienes produzcan especies cuya estructura vegetal destinada a la siembra o propagación corresponda a la de semilla botánica.
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Por Infocampo

El gobierno estableció hoy el uso obligatorio del formulario ‘documento identificatorio para semilla fiscalizada en transito’ para el traslado de semilla en proceso de fiscalización.

Según lo dispuesto por la resolución 52/09 del Inase, publicada hoy en el Boletín Oficial, el documento deberán solicitarlo quienes produzcan semilla fiscalizada de aquellas especies cuya estructura vegetal destinada a la siembra o propagación corresponda a la de semilla botánica y se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Comercializacion y Fiscalizacion de Semillas del Inase.

El destinatario de la semilla, dentro de las 48 horas de recibida, deberá informar al Inase con carácter de declaración jurada los kilogramos netos recibidos correspondientes a cada uno de los ‘Documentos identificatorios para semilla fiscalizada en transito’ recepcionados según su número de identificación.

Una vez retirada la semilla fiscalizada o en proceso de fiscalización de su destino, el ‘Documento identificatorio para semilla fiscalizada en transito’ quedará en poder del solicitante el cual deberá comunicar al Inase el detalle de los kilogramos netos correspondientes a cada documento dentro de los 5 días de su retiro.

El incumplimiento de la presente resolución se sancionará conforme lo establece el artículo 38 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogéneticas (20.247).

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