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Inflación: la Corte rechazó las multas de Moreno a las consultoras

El máximo tribunal ratificó que el Estado no puede sancionar a las empresas que miden la variación de precios y difunden índices distintos a los del Indec.

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Por Infocampo

La Corte Suprema de Justicia rechazó por “inadmisibles” los recursos del Estado y ratificó que el Gobierno no puede multar a las consultoras que miden los índices de inflación y difunden índices distintos a los del Indec, según publicó Minuto Uno.

De esta forma, queda firme el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había revocado la multa de 500 mil pesos que la Secretaría de Comercio Interior le impuso a las consultoras, entre ellas Finsoport, del economista Jorge Todesca, Ecolatina y Rubinstein & Asociados por medir la inflación a través de un método que no daban a conocer y que el Gobierno sostiene que distorsionaba los índices oficiales del Indec.

La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda —no firmó Eugenio Zaffaroni por estar fuera del país-, consideró “inadmisible” el recurso planteado por Moreno.

En su voto, el ministro Petracchi indicó que la Cámara dejó sin efecto la multa de $ 500.000 aplicada por la Dirección Nacional de Comercio Interior al considerar que no había infracción alguna a la ley de lealtad comercial (22.082).

Entre los fundamentos, el juez recordó que no había pruebas de que la consultora hubiera intentado inducir al engaño de los consumidores al publicar índices de precios al consumidor alternativos a los del Indec, ya que no trataba de identificar un bien o servicio específico.

“El apelante no ha demostrado que la publicación en cuestión sea idónea para engañar y, como consecuencia de ello, para inducir a contratar a la consultora”, sostuvo Petracchi.

En sede penal, el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, fue procesado por el juez Claudio Bonadio por abuso de autoridad por aplicar estas multas.

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