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Amenazan con fuertes multas a estaciones de servicio

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor advirtió a los estacioneros de servicios de todo el país que la aplicación de entre 10 y 15 centavos extras al precio de los combustibles podría ser sancionado con multas de entre 500 y 500.000 pesos.

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor advirtió a los estacioneros de servicios de todo el país que la aplicación de entre 10 y 15 centavos extras al precio de los combustibles podría ser sancionado con multas de entre 500 y 500.000 pesos.
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Por Infocampo

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación amenazó hoy a los estacioneros de servicio de todo el país con multas que van desde los 500 a los 500.000 pesos a aquellos que apliquen el canon extra de entre 10 y 15 centavos al precio del combustible en concepto de “servicios de playa”.

En este marco, la Subsecretaría solicitó a la Federación de Empresarios de Combustibles (Fecra), a la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines (Cecha) y a la Federación de Entidades de Combustibles bonaerense (Fecoba) que “dentro de las 48 horas de notificadas comuniquen a sus afiliados lo resuelto, acreditando haber cursado los correspondientes avisos y notificaciones”.

La orden también se emite bajo expreso apercibimiento de que “en caso de desobediencia se dará intervención a la Justicia Penal y se ordenarán las medidas coercitivas que correspondan, según lo establece el artículo 71 de la Ley 13.133 y el artículo 239 del Código Penal”.

En el mismo sentido, diferentes estamentos judiciales de varias provincias intimaron a los empresarios del sector y advirtieron que cualquier aplicación extra por encima del precio real es ilegal.

Si bien, en términos legales, las estaciones de servicio pueden cobrar un cargo por prestar un servicio, el problema es que muchos consumidores que no desean dichos servicios adicionales (como la limpieza de parabrisas) están obligados a pagar el plus al cargar combustible. Este es el origen de las protestas de muchos consumidores.

Desde el sector empresario se defienden y aseguran este mecanismo es producto del congelamiento de precios que tienen los combustibles desde hace tres años, cuando el gobierno impidió cualquier tipo de subas. âA partir ahí nos resulta imposible solventar los costos de mantenimiento a los que se suman las subas salarialesâ, aseguraron.

La Federación Argentina de Expendedores de Nafta del Interior” (Faeni) explicó que âel Cargo por Gastos Adicionales de Comercialización (el plus) no es un impuesto ni una tasa, sino un servicio prestado y que refiere entre otros puntos a la incidencia del costo de venta con tarjeta de crédito y/o débito, el costo del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios y el valor financiero por compra anticipada de combustibleâ

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