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Declaran emergencia agropecuaria para zona que sufrió temporal el mes pasado

La medida alcanza a productores afectados de los departamentos Gualeguay, Gualeguaychú y Nogoyá. Daniel Welschen, secretario de la Producción de la provinica indicó que como consecuencia de la contingencia climática se registró una disminución en la oferta forrajera.

La medida alcanza a productores afectados de los departamentos Gualeguay, Gualeguaychú y Nogoyá. Daniel Welschen, secretario de la Producción de la provinica indicó que como consecuencia de la contingencia climática se registró una disminución en la oferta forrajera.
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Por Infocampo

 

El Gobierno de Entre Ríos, a través del Decreto 8291, declaró en Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde el 16 de noviembre de 2006 y por el término de 1 año a los productores agropecuarios de los departamentos Gualeguay, Gualeguaychú y Nogoyá.
Las disposiciones de la norma legal alcanzan también a los productores ubicados a ambos lados y a no más de 6 kilómetros del camino que une las localidades de Aranguren y Don Cristóbal, en el Departamento Nogoyá.

El Secretario de la Producción, Daniel Welschen explicó que la medida fue tomada dado que dicha contingencia ocasionó graves pérdidas en la producción agrícola, especialmente en los cultivos de trigo y lino que se encontraban próximos a cosecharse; maíz y girasol en avanzado estado de su ciclo productivo, apuntando además que el fenómeno ocasionó daños en los cultivos de soja recientemente implantada.

 El funcionario agregó que como consecuencia de la contingencia climática se ha registrado una disminución significativa en la oferta forrajera a causa de pérdidas parciales y en algunos casos totales, de praderas implantadas y campos naturales, lo que afecta considerablemente a la actividad ganadera de la zona.

Asimismo se produjeron daños importantes en galpones de producción avícola, instalaciones tamberas y apicolas de pequeños productores, y las fuertes ráfagas de viento y agua dañaron plantas de silos y otras explotaciones agropecuarias ligadas a la producción, según el relevamiento y verificación realizado por técnicos y profesionales de la Secretaría de la Producción y ratificado a través de consultas realizadas a entidades vinculadas a actividades productivas provinciales tales como Cooperativas Agropecuarias Federadas de Entre Ríos (CAFER) y la Bolsa de Cereales de Entre Ríos.

Desde la cartera agropecuaria entrerriana indicaron que los productores cuyas explotaciones se encuentran situadas en la zona delimitada en el Decreto 8291 deberán presentar una declaración jurada con lo datos requeridos a tal fin por la Secretaría de la Producción, la cual deberá ser avalada por una entidad provincial representativa y/o vinculada al sector agropecuario al que pertenezca su ramo de explotación y serán verificados individualmente por los profesionales y técnicos de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales. El plazo de recepción de las Declaraciones Juradas se extenderá por 90 días corridos, a contar desde el 16 de noviembre de 2006.

La normativa determina que la Dirección General de Rentas concederá una prórroga del impuesto Inmobiliario Rural de hasta 60 días posteriores a la finalización de la declaración de emergencia o desastre, que incluirá las cuotas de dicho gravamen por los años 2006/2007/2008 con vencimiento entre el 16 de noviembre de 2006 y el 16 de enero de 2008, sin multas ni intereses, contra la presentación en cada caso del Certificado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario que incluya la identificación de las respectivas partidas.

 

Fuente: Secretaría de la Producción

 

 

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