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El fin de la media res: frigoríficos tendrán hasta un año para implementar el troceo

La resolución que prohíbe vender medias reses comenzó a regir hoy, pero se estableció un plazo para la adecuación de los establecimientos faenadores y procesadores argentinos.

frigorifico carne
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Por Infocampo

En la misma jornada en que el Gobierno nacional dio a conocer las nuevas pautas que regirán para limitar las exportaciones de carne vacuna, también estableció los plazos en que los frigoríficos argentinos deberán adecuarse a la obligación de fraccionar las medias reses en trozos no más grandes de 32 kilos.

Fue a través de una resolución conjunta firmada por los ministerios de Desarrollo Productivo y de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Ambas carteras, en abril pasado, firmaron otra resolución conjunta en la que establecieron la prohibición de seguir comercializando la carne a través de medias reses, una metodología que viene desde hace más de un siglo, pero que en el mundo no es utilizada.

Mirá también Qué piensan en la cadena de la carne de la comercialización por trozos

Esa medida comenzó a regir a partir del 1° de enero de 2022 y ahora lo que hicieron estos ministerios es fijar los plazos para que los frigoríficos se adecúen.

Nacionales y provinciales

La resolución establece diferentes períodos en función de si los frigoríficos son de tráfico federal (su faena puede comercializarse en cualquier parte del país) o provinciales/municipales (solo pueden vender carne minorista dentro de su provincia o municipio).

En el caso de los nacionales, tendrán hasta 90 días corridos para elevar el “Plan de Inversión y Adecuación” de sus instalaciones, a fin de comenzar a comercializar como máximo trozos de 32 kilos. Y en no más de 180 días deberán haber ejecutado y puesto en marcha dicho plan.

En cuanto a los provinciales o municipales, tendrán hasta seis meses para presentar el plan y hasta un año para ejecutarlo.

“La presentación deberá formalizarse mediante el Portal de Trámites a Distancia (TAD) ante la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario. La referida Dirección Nacional, conjuntamente con el Senasa, coordinarán el seguimiento de la implementación”, señala la resolución.

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