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Incertidumbre en el trigo por el nuevo dólar: desde el ruralismo sugieren “aguardar al cambio de Gobierno”

En el mercado del cereal advierten sobre que se están pagando contratos forward a tipo de cambio oficial, cuando actualmente está vigente el dólar "50-50". “Sería prudente aguardar para entregar la mercadería”, recomendó CRA.

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Por Infocampo

El anuncio de una mejora en tipo de cambio exportador, que dejó atrás el “70/30” para abrazarse al “50/50” y así buscar apaciguar la brecha cambiaria, no parece haber tenido el mejor de los arranques.

Como es usual con este tipo de intervenciones, se tergiversó el mercado, tal como alertó el ex jefe de Gabinete del Ministerio de Agroindustria, durante la gestión de Luis Miguel Etchevehere, Santiago del Solar.

“Caos. Los contratos forward trigo a entregar se liquidan por dólar oficial $356 vs. los otros contratos nuevos 50% y 50% con un dólar de + 600. Imposible”, expresó a través de su cuenta de X (ex Twitter)

Del mismo modo, Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) decidió plantar bandera y advirtió: “Los contratos forward de trigo y cebada están siendo liquidados a dólar oficial por los exportadores, no pudiendo tomar el valor que surge del mix entre 50% CCL y 50% oficial”.

“Sería prudente aguardar para entregar la mercadería al cambio de gobierno y ver qué medidas toman con el tipo de cambio”, ahondaron desde la entidad presidida por Carlos Castagnani.

Hasta el 10 de diciembre, el tipo de cambio para los exportadores será un 31% mayor

¿QUÉ DICE EL DECRETO?

El texto firmado por el ministro de Economía Sergio Massa establece que ahora el dólar exportador será calculado en partes iguales: es decir, permitirá liquidar 50% a valor “CCL”, como también se conoce a los dólares financieros, que cotizaba a $ 876,27 y 50% en valor oficial, que cotizaban a $ 351,50.

De esta forma, el valor del dólar exportador pasará de $ 508,93 a $ 613,88, con una mejora del 30,9%.

Los exportadores alcanzados “efectuarán el pago de los derechos, tributos y demás conceptos” como es el caso de los Derechos a las Exportaciones en las condiciones que establezca la AFIP, “no debiendo superar dicha fecha el 31 de diciembre de 2023”.

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