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Venta de trigo

Cómo funcionará el nuevo sistema de comercialización del cereal creado por el Ministerio de Agricultura y la Secretaría de Comercio Interior.

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Por Infocampo

El nuevo sistema de comercialización para trigo forma parte de un trabajo de sintonía fina realizado por Ministerio de Agricultura y la Secretaría de Comercio Interior, mediante el cual se corrigen anomalías en pos de beneficiar a los productores.

A continuación se brinda un informe técnico que explica el funcionamiento del nuevo sistema de comercialización para trigo.

Puntos destacados: Se entiende como saldo exportable, al resultante de restarle al total de la producción de la cosecha declarada más el remanente declarado de la cosecha anterior, la absorción interna de trigo pan, las previsiones por semillas para próxima siembra y las correspondientes a diversas contingencias. Esto totalizaría unas 7 millones de toneladas.

El saldo exportable de Trigo Pan (condiciones cámara) que surja de lo establecido será autorizado en su totalidad. La declaración de Trigo Bajas Proteínas, será de libre disponibilidad para su comercialización tanto interna como externa.

El 31/01/2012, definirán una apertura preliminar del saldo exportable en base a la estimación de producción y la declaración de existencia física efectuada a dicha fecha.

Al 28/02/2012 y en base a los datos definitivos que surjan del Formulario de Registración de Tenencia Física de Trigo Pan (Condiciones Cámara) que los productores y los operadores comerciales deberán presentar entre el 15/01/2012 y el 15/02/2012, se procederá a consolidar el saldo exportable final de dicha calidad.

El formulario, tendrá carácter de declaración jurada y puede enviarse “en línea” ingresando en el sitio web de la UCESCI www.ucesci.gob.ar o en cualquier dependencia del MAGYP.

Los exportadores habilitados que soliciten ROES deberán acreditar compras en el mercado interno realizadas a partir de la fecha del presente convenio bajo todas las modalidades y registradas en las Bolsas de Cereales/Comercio habilitadas al efecto. La acreditación de compras en mercados de futuros se realizará mediante Declaración Jurada que será verificada por el MAGYP ante el mercado pertinente.

Las compras realizadas bajo modalidad de contratos forwards (tipo de contrato de futuro entre partes no registrado en el Mercado a Término/ROFEX) deberán cumplir un plazo mínimo de realización de 90 días a partir de la fecha de registro.

El precio de referencia al productor será el FAS Teórico, según Condiciones Cámara más/menos el costo del flete a convenir, que para el trigo publica el MAGYP, el día hábil anterior a la fecha de facturación.

Los Registros de Operaciones de Exportación (ROE) serán autorizados a los exportadores habilitados que acrediten haber adquirido el trigo a pequeños y medianos productores, en ese orden y luego a los productores de mayor producción.

La industria molinera también adquirirá el trigo al precio FAS Teórico según Condiciones Cámara más/menos el costo del flete a convenir.

* Subsecretario de Agricultura de la Nación

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