A partir de este año, ARBA podrá incorporar de oficio en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bonaerense a empresas y contribuyentes sobre los que el organismo recaudador pueda demostrar que tienen capacidad contributiva y a pesar de ello, no están inscriptos en el gravamen.
La agencia bonaerense catalogará a estas firmas y personas como presuntos evasores en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los incorporará al padrón de contribuyentes de manera forzosa.
Por otra parte, el Código Fiscal 2012 de la provincia de Buenos Aires reformó la capacidad de ARBA de trabar embargos y decretar clausuras.
En tal sentido, el Código dispone que ARBA podrá solicitar en cualquier momento el embargo preventivo o cualquier otra medida cautelar por el monto que presumiblemente adeuden los contribuyentes o responsables.
Asimismo, establece que serán pasibles de una multa de hasta $30.000 y de la clausura de 4 a 10 días, en sus establecimientos comerciales, industriales, agropecuarios o de servicios, quienes cometan una serie de infracciones formales referidas a la emisión y presentación de facturas o comprobantes, así como a otros registros.

