Aunque todavía falta la rúbrica definitiva, todo indica que sucederá la semana próxima y finalmente se cerrará el proceso de negociación de más de 25 años entre el Mercosur y la Unión Europea (UE) para alcanzar el mayor acuerdo de libre comercio a nivel global.
Este viernes, los Estados miembros de la UE, por mayoría, habilitaron a la presidente de la Comisión Europea (CE), Úrsula von der Leyen, a firmar el pacto, algo que ocurriría el próximo sábado 17 en Asunción (Paraguay).
En este marco, la Bolsa de Cereales de Buenos Aires y la Fundación INAI (Instituto para las Negociaciones Agrícolas Internacionales) dieron a conocer un informe en el que detallan punto por punto las implicancias de esta noticia y cuáles son los beneficios que puede traer en general para Argentina, y en particular para su sector agroindustrial.
DATOS GENERALES DEL ACUERDO MERCOSUR-UE
En general, el informe destaca que “en una época signada por tensiones geopolíticas, conflictos comerciales y debilitamiento del multilateralismo, el Acuerdo con la Unión Europea abre grandes oportunidades para la inserción externa del Mercosur, en general, y para nuestra cadena agroindustrial, en particular”.
¿Cuál es el principal motivo para sostener este optimismo? Que la UE es la tercera economía mundial, en la que sus 450 millones de habitantes tienen un PBI per cápita de U$S 43.000 anuales, importando productos agroindustriales por un valor de U$S 220.000 millones en 2024 (de las cuales Argentina solo explicó el 3%).
“Las condiciones preferenciales de acceso incluidas en el Acuerdo (tanto arancelarias como no arancelarias) nos permitirán ser un abastecedor privilegiado al mercado de la UE, en paridad de condiciones con otros competidores como Canadá, México, Chile, Colombia y Ucrania, entre otros”, valoran la Bolsa porteña y la Fundación INAI.
Además, consideran que “el acuerdo operará como un ancla para ciertas políticas nacionales expuestas a oscilaciones pendulares que históricamente acompañaron a los cambios de gobierno, mientras que a la vez modernizará los marcos regulatorios del Mercosur facilitando futuras negociaciones comerciales”.
“En síntesis, el acuerdo presenta grandes beneficios para el Mercosur, la Argentina y particularmente, nuestra agroindustria. Confiamos que el mismo será un punto de inflexión para que se profundice la inserción de nuestro bloque en cadenas globales de valor a través de nuevos acuerdos comerciales”, completan.
LOS TRES PILARES DEL ACUERDO MERCOSUR-UE
En este marco, el documento recuerda que el Acuerdo de Asociación contiene tres pilares:
- Comercial: tiene como objetivo conformar una zona de libre comercio que facilite el intercambio de bienes y servicios así como el movimiento de capitales entre ambos bloques. A tales efectos se acordaron 23 capítulos y 21 anexos que establecen reglas en materia de: acceso a mercados (eliminación de aranceles y cuotas arancelarias), propiedad intelectual, reglas de origen, medidas sanitarias, defensa comercial, competencia, compras gubernamentales, empresas del Estado, subvenciones, etc. Sin dudas, éste ha sido el pilar que más tiempo insumió en la negociación y el que más expectativas (y sensibilidades) despertó.
- Político: establece canales permanentes de diálogo político para fortalecer las relaciones birregionales y se promueve la coordinación y articulación en foros internacionales.
- Cooperación: consagra una serie de pautas programáticas sobre cooperación y comercio, con la finalidad de aumentar y diversificar los intercambios entre los dos bloques, haciendo foco en las PyMEs.
LAS CLAVES DEL ACUERDO MERCOSUR-UE, EN LO COMERCIAL
En tanto, el estudio de la Bolsa de Cereales y la Fundación INAI aborda también los aspectos más relevantes para la cadena agroindustrial incluidos en el Acuerdo Comercial Interino (ITA).
1.- Acceso a mercados
La UE otorgará beneficios arancelarios para el 99,5% de las exportaciones agroindustriales del Mercosur, eliminando totalmente sus aranceles para el 84% y otorgando cuotas o preferencias arancelarias parciales sobre el restante 15,5%.
- Productos con eliminación inmediata de derecho de importación en la UE (beneficia al 70% de las exportaciones agroindustriales del Mercosur a la UE): se incluyen algunos productos de la pesca (como la merluza, vieiras y calamares), porotos y harina de soja, maní, algunas frutas (manzanas, peras, duraznos, cerezas, ciruelas y uvas de mesa), frutos secos, pasas de uvas, legumbres, aceites vegetales para uso industrial (soja, girasol y maíz), despojos comestibles de las especies bovina/porcina/ovina y otros productos de origen animal (como las menudencias, grasas y semen bovino), entre otros.
- Productos con eliminación total de aranceles en períodos que van de 4 a 10 años (beneficia al 14% de las exportaciones agroindustriales del Mercosur a la UE): incluye a la harina de maíz, aceites vegetales (soja, girasol y maíz), preparaciones alimenticias y pastas, algunas frutas cítricas (como los limones, naranjas y mandarinas), frutillas, manteca y demás preparaciones de maní, almidón, biodiesel, hortalizas frescas y en conserva, plantas y tubérculos alimenticios, mermeladas, dulce de leche, arroz partido, alimentos para mascotas, algunos productos de la pesca (como los langostinos), conservas de pescado, golosinas y vinos en envases de hasta 5 litros, entre otros.
- Productos con cuotas (benefician al 15,5% de las exportaciones agroindustriales del Mercosur a la UE): carne bovina fresca y congelada (cuota total de 100.000 toneladas), carne aviar deshuesada y con hueso (180.000 tn), carne porcina (25.000 tn), maíz / sorgo (1 millón tn), leche en polvo (10.000 tn), fórmulas infantiles (5.000 tn), miel (45.000 tn), arroz (60.000 tn), quesos (30.000 tn), ajo fresco (15.000 tn), etanol (650.000 tn) y ovoproductos (6.000 tn), entre otros.
Estos volúmenes son otorgados por la UE a los cuatro Estados Parte del Mercosur, quienes a su vez, tendrán que definir entre ellos los mecanismos de distribución de cada cuota entre los cuatro países (tema sobre el cual los contactos son incipientes por el momento). A su vez, luego cada país definirá como asigna su porción de cuota entre sus operadores comerciales.
El primer Estado Parte del Mercosur en ratificar el Acuerdo tendrá derecho a utilizar el 100% de la cuota otorgada por la UE al Mercosur, hasta tanto el resto de los socios regionales se vayan sumando y consecuentemente, la cuota se vaya distribuyendo entre los Mercosur conforme a los criterios porcentuales acordados.
2.- Comercio de bienes
El acuerdo dispone que las Partes solo podrán adoptar licencias de importación y exportación cuando no haya razonablemente disponibles otras medidas alternativas. En este caso, las licencias deberán ser neutrales y aplicarse de forma transparente.
Además, estas licencias deben ser siempre automáticas (es decir, expedirse de forma inmediata y sin condiciones previas). Solo podrán ser no automáticas si son indispensables para lograr objetivos consistentes con el ITA.
Asimismo, ratifica la imposibilidad de aplicar prohibiciones y restricciones cuantitativas a la importación y exportación, salvo las excepcionalmente habilitadas en el artículo XI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT).
En base a estas disposiciones, Argentina se compromete a no aplicar regímenes discrecionales de exportación / importación (al menos con la UE) como los implementados a través de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) o los Registros de Operaciones de Exportación (ROEs).
Por otro lado, Argentina se compromete a que, a partir del tercer año desde la entrada en vigor del ITA, no aplicará más derechos a la exportación (DEX) en los productos enviados a la UE.
No obstante, este principio general tiene dos flexibilidades:
1) Por un lado, algunas cadenas (como la de la soja, hidrocarburos, corcho, papel y chatarra) han sido exceptuadas del compromiso de eliminación total, previendo topes máximos específicos de DEX para cada cadena.
En el caso de soja (incluye a los porotos, aceite, pellets de cáscara, harina y pellets de soja y biodiesel), el tratamiento es el siguiente:
- A partir del quinto año de la entrada en vigor, se consolida como máximo 18%, por lo que no puede cobrarse en concepto de DEX a las exportaciones a la UE más de este valor.
- Desde el año siete, el tope del 18% comienza a bajar de forma lineal hasta que en el año 10 se consolida en 14%. De esta manera, al décimo año, el máximo potencial de DEX en las exportaciones a la UE es de 14%.
2) Por otro lado, en circunstancias excepcionales que impliquen serios desbalances fiscales, se podrían restablecer temporariamente los DEX bajo rigurosas condiciones y si ello fuera estrictamente necesario.
3. Medidas sanitarias y fitosanitarias
El capítulo genera un marco regulatorio que otorgará previsibilidad en el acceso a mercado a través del establecimiento de plazos y procedimientos en materia sanitaria que deberán ser cumplidos por las Partes en el comercio bilateral.
“Esto reviste una gran importancia ya que nos posiciona en una situación preferencial respecto a otros abastecedores al mercado europeo, en un contexto de claro endurecimiento de los requisitos en la UE”, afirma el documento de la Bolsa porteña y el INAI.
Asimismo, el Acuerdo establece reglas claras que impiden la aplicación de medidas sanitarias injustificadas y arbitrarias para el acceso de nuestros productos al mercado europeo, destacando la importancia de basar las medidas en ciencia, en contraposición al Principio Precautorio.
También se prevén medidas de facilitación del comercio, en particular en materia de habilitación de establecimientos exportadores de animales y productos de origen animal, controles en las importaciones y procedimientos de importación.
Se acordó la creación de un mecanismo de consultas bilateral en materia sanitaria y fitosanitaria que permitirá resolver problemas comerciales en forma expedita, preferencial y regular. Además, se crearon cuatro diálogos especializados en temas centrales como la biotecnología y la inocuidad alimentaria, por primera vez en un acuerdo comercial firmado por la UE.
4.- Comercio y Desarrollo Sostenible
El acuerdo también establece una serie de derechos y obligaciones básicas en materia laboral y ambiental, incluyendo:
- El reconocimiento al derecho de las Partes de adoptar regulaciones ambientales, inclusive a través de elevados niveles de protección.
- El compromiso de las Partes de no disminuir sus niveles de protección ambiental para estimular el comercio o las inversiones.
Por otro lado, en el instrumento adicional sobre sostenibilidad acordado en diciembre de 2024 se incorporan algunas disposiciones complementarias tales como:
- Se reafirman los compromisos asumidos a través de acuerdos internacionales como el de París, Rotterdam, Estocolmo, Montreal y la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, entre otros.
- Se establece el compromiso de generar condiciones preferenciales de comercio para productos obtenidos o elaborados de forma sostenible, cuya identificación se dejó para una etapa posterior.
- Se dispone que las Partes deben evitar la adopción de medidas ambientales unilaterales para hacer frente a desafíos por fuera de su jurisdicción territorial, tema extremadamente relevante en la actualidad. Adicionalmente, se menciona que las medidas ambientales que buscan hacer frente a problemas globales deben basarse, en lo posible, en el consenso internacional.
- Sin embargo, esta disposición es matizada por la que prevé que cada Parte tiene la obligación de asegurar que las acciones realizadas en su territorio no causen daño a otros países.
- Las Partes se comprometen a evitar la desforestación, aunque no hay una referencia expresa sobre el controvertido Reglamento UE 1115/2023 sobre cadenas libres de desforestación.
5.- Propiedad intelectual
“Este capítulo aborda diferentes aspectos, siendo uno de los más delicados el de las Indicaciones Geográficas (IGs), fundamental para la UE en cualquier negociación comercial, ya que de alguna manera le permite atenuar (aunque sea parcialmente) su histórica sensibilidad en el sector agrícola”, subraya el análisis.
En el Acuerdo, Mercosur reconoce 355 IGs de la UE y en contrapartida, la UE reconoce 220 IGs del Mercosur (de las cuales 104 corresponden a la Argentina).
“Este reconocimiento implica que la parte beneficiaria tendrá el derecho de uso exclusivo de estos términos, lo cual generó complicaciones del lado del Mercosur porque muchos de los mismos son histórica y ampliamente utilizados en nuestros territorios como “genéricos” (tal es el caso del Gruyere, Champagne, Cognac, Fontina o el Oporto, por mencionar algunos)”, advierten la Bolsa y la Fundación.
En el caso de Argentina los términos con usuarios previos permitidos son: Parmesano, Gruyere, Fontina, Reggianito y Ginebra.
De todos modos, en respuesta a esta sensibilidad del Mercosur, se lograron ciertas flexibilidades tales como períodos de adaptación para algunos términos (que pueden llegar hasta los 10 años), coexistencia con marcas registradas previamente y un amplio listado de usuarios previos que podrán seguir utilizando algunos términos beneficiados con esta excepción.
LOS BENEFICIOS DEL ACUERDO COMERCIAL, PARA EL MERCOSUR
Por último, el informe de la Bolsa de Cereales de Buenos Aires y la Fundación INAI profundiza puntualmente en los beneficios que se pueden esperar de este acuerdo:
1) Relevancia de la contraparte
- La UE es la tercera economía mundial con el 18% del producto (solo detrás de EEUU y China), gracias a un PBI de U$S 19,5 billones anuales.
- Cuenta con un fuerte mercado interno, en el que sus 450 millones de habitantes tienen un ingreso per cápita promedio de U$S 43.000 anuales.
- Es el segundo importador mundial de bienes (sin contar el comercio intra-UE) con U$S 2,4 billones en 2024, los cuales representaron el 16% de las importaciones mundiales.
- Cuenta con 42 acuerdos comerciales en vigor, siendo líder mundial en este campo.
- Junto con EEUU y China, es de los principales importadores mundiales de productos agroindustriales (aproximadamente unos U$S 220.000 millones al año) y la participación de Argentina tiene mucho por crecer, ya que al momento solo explicamos el 3% de las mismas.
- Los principales productos exportados por Argentina son harina de soja, maníes, carne bovina, aceite de soja, harina y pellets de girasol, productos de la pesca (como la merluza, camarones y langostinos), biodiesel, aceite de oliva, vinos, etc.
- En término de su relación con el Mercosur, es el segundo socio comercial más importante, gracias a nuestras exportaciones por 56.000 millones de euros en 2024 (+50% en los últimos 10 años) e importaciones por 55.200 millones (+25% en los últimos 10 años).
- Es el mayor inversor extranjero en el Mercosur, con un stock de 390.000 millones de euros en 2023.
2) Previsibilidad en el acceso:
El acuerdo contiene reglas y disciplinas que garantizan las condiciones arancelarias y no arancelarias bajo las cuales Argentina (y el resto de los socios del Mercosur) exportará a la UE e importará de dicho bloque.
En el caso de los aranceles, los mismos son reducidos o eliminados y luego, consolidados (es decir, que no pueden volverse a elevar). Lo mismo sucede con los contingentes arancelarios que se crean, no pueden ser modificados unilateralmente por la UE.
En el caso de las medidas no arancelarias (como las sanitarias) se prevén mecanismos, procedimientos y plazos que ordenan y otorgan previsibilidad a los procesos de apertura de mercados.
Este aspecto no es menor, sobre todo para prevenir inconvenientes de acceso a futuro o procurar resolverlos en el caso de que los mismos surgieran.
Por otro lado, el ITA prevé un canal privilegiado para abordar consultas o eventuales dificultades comerciales.
3) Contrapeso al proteccionismo
En momentos en los que existen tensiones geopolíticas, fragmentación del multilateralismo y subas de aranceles de importación, un acuerdo entre dos bloques como la UE y Mercosur es una expresión cabal de que existe una mirada alternativa que considera que un sistema de comercio internacional más libre, previsible e integrado es beneficioso para los países y los consumidores.
4) Profundiza la internacionalización
El Mercosur tiene actualmente acuerdos comerciales con países que representan el 10% del PBI mundial (incluyendo el acuerdo recientemente firmado con EFTA). Con el acuerdo con la UE se llegaría al 28%, mejorando las condiciones de acceso de nuestra oferta exportable y reduciendo la brecha que tenemos con otros países competidores.
5) Descomprime la agenda MCS
Uno de los temas más delicados de estos últimos años ha sido el planteo de algunos socios del Mercosur (Argentina y Uruguay) de flexibilizar el funcionamiento del bloque, permitiendo avanzar bilateralmente en negociaciones comerciales.
Si bien la firma del acuerdo con la UE no significa que estos dos países vayan a resignar su reclamo de mayor flexibilidad y modernización del Mercosur, claramente pone paños fríos a una situación delicada sobre la cual no hay consenso regional por el momento.
6) Una importante carta de presentación
El acuerdo ha despertado la atención de otros países, no solo por el tiempo que demandó, sino porque muchos estaban interesados en saber si Mercosur iba a estar a la altura de las circunstancias como para concluir con las negociaciones.
Más de un país está esperando este cierre como señal para tomar al Mercosur como un actor serio en el plano del comercio internacional.
7) Moderniza regulaciones nacionales y regionales
El acuerdo incursiona en una amplia gama de temas que no habían sido abordados aún a nivel intra-Mercosur, o que si fueron tratados dentro del bloque, no ha sido con el nivel de detalle que tienen en el acuerdo con la UE.
8) Estabiliza políticas
El acuerdo contiene reglas y obligaciones que deben se observadas por ambas partes en sus políticas comerciales. Esta situación, que representa un valor en término de previsibilidad en el acceso al mercado de la UE, también es un activo en cuanto estabiliza ciertas políticas en la Argentina.
9) Fortalece inversiones
El establecimiento de condiciones preferenciales de acceso al mercado de la UE, junto a la estabilización de políticas (tanto en Europa como Mercosur) establecen un escenario propicio para fortalecer el desarrollo de inversiones en nuestros países, tanto locales, europeas o de cualquier otro país que quiera aprovechar la plataforma exportadora que será el Mercosur para abastecer a la UE.
EL RESUMEN DE LA SOCIEDAD RURAL
En paralelo, la Sociedad Rural Argentina (SRA) también emitió un informe similar, que resume los aspectos claves del acuerdo, según el siguiente detalle:

