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Avanzada para determinar el uso de semilla ilegal

El Inase dispuso ayer la creación de un registro para establecer qué porcentaje de uso propio en trigo y soja es irregular. Los empresarios que produzcan más de 2000 toneladas de ambos granos deberán declarar el origen de la semilla sembrada.

El Inase dispuso ayer la creación de un registro para establecer qué porcentaje de uso propio en trigo y soja es irregular. Los empresarios que produzcan más de 2000 toneladas de ambos granos deberán declarar el origen de la semilla sembrada.
infocampo
Por Infocampo

El gobierno dispuso la creación de un Registro de Usuarios de Semilla de Soja y Trigo para determinar qué porcentaje de la semilla de uso propio corresponde a partidas de origen ilegal. Le medida fue publicada ayer en el Boletín Oficial (resolución 80/07 del Inase).

El artículo 27 de la Ley de Semillas (20.247/73) prevé que, para aquellas variedades que tienen título de propiedad emitido por el Instituto Nacional de Semillas (Inase), el agricultor que reserva su propia semilla para sembrarla no requiere de autorización del propietario de la variedad.

Pero la resolución 35/96 determina que la excepción del agricultor (uso propio) sólo es válida cuando la semilla original haya sido adquirida legalmente.

De esta manera, la resolución 80/06 del Inase, que comenzará a aplicarse a partir de la presente campaña 2006/07, determina que los empresarios que produzcan más de 2000 toneladas anuales de trigo o soja deberán presentar una Declaración Jurada con información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada de ambas especies.

La Declaración Jurada “deberá contener el detalle de las variedades utilizadas, superficie sembrada, kilogramos de semilla por variedad, kilogramos de grano cosechados y la documentación que avale el origen de la semilla utilizada”, especifica la norma.

La declaración deberá ser presentada al Inase antes del 31 de enero correspondiente a la campaña de producción de trigo y antes del 30 de junio correspondiente a la campaña de producción de soja. Es decir: la norma podría comenzar a aplicarse en la campaña de soja 2006/07.

Quienes deban presentar la Declaración Jurada “lo harán acompañando el correspondiente formulario de inscripción en el Registro de Usuarios”, dice la resolución del Inase. Y aclara que dicho registro será de “carácter confidencial y de uso reservado del Inase”.

Los empresarios agrícolas que no se inscriban en el registro o no presenten en tiempo y forma o bien falseen el contenido de las Declaraciones Juradas, serán sancionados con multas.

Según el especialista en que propiedad intelectual de la Federación Agraria (FAA), Jorge Solmi, la medida “sólo tenderá a buscar a información, especialmente en el caso de grandes productores para saber qué cantidad de semilla de uso propio están utilizando”.

Solmi dijo ayer a Infocampo que el Inase, al no tener aún conformado su directorio, “no podrá tomar ninguna medida con la información que logre a través del registro; por este motivo, es necesario resolver este tema cuanto antes”.

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