Publicidad Cerrar X

El 24 de agosto vence el plazo para informar el destino productivo de los campos

Aquellos que no comuniquen los datos requeridos serán dados de baja de manera automática del Registro de Operadores de Granos. La información debe ser ingresada en la página Web de la Afip.

Aquellos que no comuniquen los datos requeridos serán dados de baja de manera automática del Registro de Operadores de Granos. La información debe ser ingresada en la página Web de la Afip.
infocampo
Por Infocampo

El próximo 24 de agosto vence el plazo para que productores y acopiadores inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres presenten una serie de datos relativos a los inmuebles rurales ‘propios o de terceros’ empleados en la producción de granos no destinados a la siembra.

‘El problema grave es que ante una omisión de esa información, la sanción aplicada es la suspensión del Registro de Operadores de Granos’, indicó Santiago Sáenz Valiente, director del estudio contable homónimo.

‘Si uno no está en el registro, prácticamente no puede operar, porque le retienen completo el IVA, que es el 10,5% de la venta, y el productor seguramente se va a quedar con un crédito fiscal que va a ser muy difícil de que se lo devuelvan de manera rápida y, por otro lado, de impuesto a las Ganancias le van a retener el 15% sobre la venta’, explicó Sáenz Valiente en declaraciones realizadas el fin de semana al programa Infocampo Radio (AM 950 / Radio Belgrano).

La medida fue instrumentada por la resolución 2644/09 de la Afip. Los únicos que están exentos de la obligación de presentar la información son aquellos que hayan sido incluidos en el Registro con posterioridad al 1 de octubre de 2007 y los que hayan efectuado alguna actualización de datos o cambios de categoría en el Registro por medio del programa aplicativo denominado ‘AFIP DGI – Registro Fiscal de Operadores de Granos – Versión 2.0’ (que genera el formulario de declaración jurada número 937).

En el caso de los acopiadores, los sujetos obligados a presentar la información son aquellos que realicen operaciones de venta de granos de propia producción.

‘Todo aquel titular que esté inscripto en el Registro de Operadores de Granos antes del 1 de octubre de 2007 tiene la obligación de informar a través de Internet cuál es la dedicación de las tierras y (eventualmente) qué contrato se ha suscripto sobre las mismas’, apuntó Sáenz Valiente.

De esta manera, los productores y acopiadores deberán presentar antes del 24 de agosto los datos requeridos por medio del programa ‘AFIP DGI – Registro Fiscal de Operadores de Granos – Versión 2.0’ (ver aquí).

El procedimiento indicado en la resolución 2644/09 de la Afip es el siguiente: a) seleccionar de la pestaña “Motivo del trámite” la opción “03-Actualización de datos”; b) seleccionar la categoría del “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas”, en la cual se encuentra incluido; y c) ingresar los datos requeridos por el programa aplicativo, según la categoría seleccionada.

Seguí leyendo:

Temas relacionados: