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El Gobierno autoriza a financiar exportaciones desde el exterior tras reclamo de la UIA

Publicó una resolución en el Boletín Oficial en la que modifica los plazos de ingreso de divisas a empresas argentinas. Se trata de un viejo pedido de los industriales y que ayer había sido adelantada por Costa en la reunión.

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“Habiéndose analizado el comportamiento del giro comercial de las empresas vinculadas, se observó que en un número considerable de casos relativos a la naturaleza o las características especiales de las empresas vinculadas, cuya controlante esté radicada en Argentina, los plazos previstos para el ingreso de las divisas no resultaban ser los correspondientes a la dinámica que dicho sector requiere”, se lee entre los fundamentos de la resolución 451 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Sin embargo, los cambios introducidos en el Comercio Exterior responden a un reclamo de los industriales, que se había profundizado en los últimos tiempos producto de la sumatoria de impedimentos que dificultan las operaciones del sector y su competitividad, como las restricciones a las importaciones.

“Se retomó el diálogo, planteamos las cosas, como la modificación de la resolución 142, que para nosotros es muy importante y se va a anunciar mañana (por hoy), para seguir fomentando exportaciones. Nos permitirá a las empresas argentinas financiar exportaciones desde el exterior”, adelantaba ayer el legislador y secretario de la UIA, José Ignacio De Mendiguren, tras la audiencia que mantuvo la cúpula de la entidad fabril con el secretario de Comercio Exterior, Augusto Costa.

Y explicó que el reclamo de los industriales apunta a los casos de empresas vinculadas de la Argentina, por ejemplo proveedores, a las que “no se les permitía financiar sus exportaciones en el exterior”. “Si estaban vinculadas, se les pedía que la liquidación fuera a los 30 días y esto dificultaba muchísimo financiar los productos en el mundo”, dijo De Mendiguren a la vez que recordó que “hace un año y medio que reclamábamos este tema”.

Así, la norma actual le permitirá a las empresas nacionales con vinculadas en el exterior volver a sus plazos de liquidación de exportaciones previos a la resolución 142, que exigió liquidar a los 30 días. Esta medida les permitirá a las compañías poder ofrecer más plazo a sus clientes y recuperar competitividad. Quedarán incluidas en esta norma varias alimenticias. Las automotrices, en tanto, tendrán que seguir liquidando sus ventas al exterior en el plazo de un mes, ya que sus casas matrices se encuentran en otros países.

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