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El gobierno oficializó el acuerdo maicero por un cupo 2009/10 de un millón de toneladas

A partir de hoy los exportadores que pretendan registrar operaciones del cereal con un plazo de embarque de 365 días deberán pagar retenciones por adelantado y pagar el "precio lleno" del maíz en el mercado disponible.

A partir de hoy los exportadores que pretendan registrar operaciones del cereal con un plazo de embarque de 365 días deberán pagar retenciones por adelantado y pagar el "precio lleno" del maíz en el mercado disponible.
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Por Infocampo

El gobierno nacional oficializó hoy el régimen optativo en trigo y maíz por medio del cual los exportadores que acepten pagar retenciones adelantadas al registrar ventas externas de ambos cereales tendrán un plazo de embarque de 365 días corridos para mercadería correspondiente a la cosecha 2009/10.

Así lo indica la resolución conjunta 2636/09 y 5556/09 de la Afip y la Oncca, publicada hoy en el Boletín Oficial. La medida oficializó el ‘acuerdo cerealero’ firmado el 16 de junio por el gobierno y las principales compañías exportadoras de granos.

En el caso del trigo, el régimen especial extendió por un millón de toneladas adicionales el cupo ‘también de un millón de toneladas’ autorizado el 18 de mayo pasado (a la fecha se han realizado apenas registros de ventas externas de trigo con un ROE de 365 días por 113.000 toneladas, según datos de la Oncca).

La resolución conjunta 2606/09 y 4122/09 ‘publicada hoy en el Boletín Oficial’ establece que ‘las firmas exportadoras que hayan suscripto el acuerdo marco del 16 de junio de 2009 deberán comprar trigo al precio pleno un volumen adicional máximo de hasta un millón de toneladas de trigo de la actual cosecha 2008/2009, a razón de hasta 50.000 toneladas semanales’.

Por precio pleno se entiende el FAS teórico publicado regularmente por la Sagpya (que se encuentra a la fecha en 659 $/tonelada).

En cuanto al maíz, el régimen especial establece un cupo máximo de 1,0 millón de toneladas de maíz 2009/10. La resolución indica además que ‘la Oncca autorizará operaciones de venta de maíz al exterior en base al remanente exportable de maíz, el cual surgirá del saldo resultante de restarle al total de la producción de la cosecha 2009/10 más el remanente de la cosecha anterior, el consumo interno, las previsiones por semilla y por contingencias’.

Si bien el 16 de junio el gobierno había anunciado la apertura de un cupo de exportación de maíz 2009/10 de 3,0 millones de toneladas, lo cierto es que la resolución publicada hoy sólo hace referencia a un millón de toneladas.

La resolución indica que el período de embarque para el trigo 2009/10 comienza el 15 de noviembre de 2009 y el del maíz 2009/10 el 15 de marzo de 2010.

Por otra parte, la norma establece que, si las empresas así lo requieren, el cupo autorizado de trigo o maíz 2009/10 puede ser reemplazado por partidas correspondientes al ciclo 2008/09 por un volumen total ‘tanto en trigo como en maíz’ de hasta 500.000 toneladas ‘a distribuir en proporción al volumen adquirido por cada empresa solicitante, siempre que el saldo exportable así lo amerite’. En este caso el plazo de embarque será de 180 días corridos (contra el pago de retenciones por adelantado).

El régimen especial es válido sólo contra el pago por adelantado de derechos de exportación. En caso de no aceptar esto, el exportador tendrá un plazo de embarque de apenas 45 días contados a partir de la autorización de la operación (con lo cual, por ejemplo en el caso del trigo, obliga al trader a registrar la venta durante la cosecha del cereal).

Al igual que en el caso del trigo, en maíz, para acceder a la autorización de la Oncca, las empresas exportadoras deberán acreditar ‘por un volumen equivalente al cupo de exportación solicitado’ que compraron maíz 2008/09 al ‘precio pleno’ establecido por la Sagpya (que a la fecha se encuentra en 516 $/tonelada).

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