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El Gobierno oficializó el procedimiento para aprobar análisis de semillas

El Ministerio de Agroindustria lo estableció a través de la Resolución 147/2016 publicada en el Boletín Oficial.

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Por Infocampo

El Ministerio de Agroindustria de la Nación estableció el procedimiento para aprobar los métodos de control, muestreo y/o análisis que se utilice en el comercio de granos destinados a la detección, identificación y cuantificación de secuencias de ADN y de proteínas específicas.

Así lo dispone la Resolución 147/2016, que crea un Comité Evaluador de Sistemas de Muestreo, Testeo y Análisis de detección en grano de secuencias de ADN o proteínas específicas, de carácter consultivo, integrado por funcionarios y representantes técnicos del INTA, INASE, SENASA, INTI, CONICET, entre otros.

El 13 de abril, la cartera a cargo de Ricardo Buryaile había dictado la Resolución 140 que estableció que todo sistema, procedimiento o método de control, muestreo y/o análisis que se utilice en el comercio de granos para pesar, medir, mejorar, conservar y analizar los mismos, debía contar con su autorización previa.

Y que era “deber primordial de este Ministerio velar por el cumplimiento estricto del ordenamiento jurídico a través de actividades de control y fiscalización necesarias en la comercialización de granos y productos agrícolas”.Se invalidaron así los procedimientos de fiscalización de semillas que venía impulsando Monsanto junto un sector de la industria semillera desde hace dos años para que los productores paguen un porcentaje por la propiedad intelectual de los granos al momento de su comercialización.

En sus considerandos, la norma publicada hoy en el Boletín Oficial señala que “el Gobierno Nacional ha encaminado su gestión a la revalorización de las actividades agroindustriales, poniendo acento en las necesidades del productor para su desarrollo a la par que fomente el agregado de valor, la expansión de la tecnología, el reconocimiento por el uso de dichas tecnologías y el respeto a los derechos de propiedad intelectual, en un marco sustentable y ecuánime a todos los actores que integran cada eslabón de las distintas cadenas agropecuarias”. Y que “resulta necesaria la constante actualización de los sistemas y procesos legales vigentes a los fines de dar respuesta y tratamiento a las innovaciones tecnológicas que irrumpen y se incorporan a las prácticas de producción del sector agropecuario, sin que su avance signifique una restricción en la comercialización, sino una evolución que redunde en la mejora de condiciones y resultados finales”.

Además de destacar que “existen normativas y regulaciones a nivel internacional respecto de los criterios de rendimiento y validación de este tipo de procedimientos”.

La Autoridad de Aplicación de este régimen será la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, que remitirá la solicitud a la Subsecretaría de Bioindustria, que dictaminará la validez del método sometido a aprobación en el marco de la evaluación técnica.

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