Los desmontes, el aprovechamiento sustentable, la extracción de especies nativas con fines ornamentales, la realización de picadas perimetrales, caminos y cualquier otra intervención al bosque nativo, requieren de un sistema de gestión que permita compatibilizar los intereses sociales, ecológicos y económicos, según publica el sitio Cba24n.com.ar.
Esta misión es incumbencia del Estado Provincial y el organismo encargado de la gestión de sus áreas boscosas es la Secretaría de Ambiente a través de la aplicación de la Ley 9814 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos.
Temerosos de una complicada temporada de incendios, desde la Federación Agraria Córdoba manifestaron la necesidad de que la Secretaría de Ambiente apruebe la realización de “picadas” en el monte, a pesar que los productores no presentaron los trámites en tiempo y forma.
“Ha llovido mucho, hay mucho pasto y cuando eso se seca es un combustible muy peligroso”, indicó Agustín Pizzichini, titular de la entidad.
La institución pide que se apruebe la realización de “picadas”, que son cortes en la tierra realizados con rastras de discos para enterrar el forraje combustible y evitar así que se propague el fuego.
El problema es que para llevar adelante este procedimiento en bosque nativo, los productores deben presentar un plan a la Secretaría y muchos propietarios no lo han hecho.
“Esperamos que la Secretaría se presente en la zona para ver de qué manera se puede revertir eso”, afirmó Pizzichini.
Vale recordar que la Secretaría firmó un convenio de colaboración la Dirección General de Rentas para agilizar los trámites para la realización de picadas y que la presentación se pueda realizar en cualquier oficina de atención de la DGR del interior provincial.
Picadas, caminos internos y cortafuegos
Se define como Picadas perimetrales a la franja de entre 6 a 15 metros de ancho inmediata al alambrado, donde se ha eliminado todos el material combustible, en especial en las épocas de mayor riesgo de incendio.
La función de estas picadas es mantener el alambrado perimetral, prevenir incendios o detenerlos, para iniciar contrafuegos, facilitar el movimiento de vehículos, de personal y material, principalmente en las operaciones de lucha contra incendios. Al realizarlas, se deberán respetar los ejemplares arbóreos, en lo posible, que superen los 10 o 15 cm de DAP (diámetro altura al pecho).
Las Fajas cortafuegos deben permanecer libres de material combustible o vegetación con el objetivo de interrumpir la continuidad en caso de incendio de campo. Como superficie mínima se establece 300 has. para la realización de picadas o fajas cortafuegos, con mayor superficie el titular podrá solicitar autorización para efectuarlas.
En todos los casos para realizar el trabajo o el mantenimiento deberá solicitarse a la Secretaría de Ambiente, acompañando la documentación que corresponda y esperar la comunicación de la misma, salvo casos que por emergencia ambiental debe realizarse en forma urgente.
Tanto las Picadas Perimetrales, las Internas para alambrados, los caminos, las viviendas, corrales, fajas cortafuegos, se consideran “Zonas Estratégicas” definidas en el último párrafo del Art. 6 de la Ley de Bosques 9814.

