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Requisitos para obtener el subsidio

Los operadores alcanzados por el subsidio para quienes comercialicen derivados del trigo en el mercado interno deberán informar las toneladas de trigo procesadas destinadas a la exportación para acceder a esa compensación.

Los operadores alcanzados por el subsidio para quienes comercialicen derivados del trigo en el mercado interno deberán informar las toneladas de trigo procesadas destinadas a la exportación para acceder a esa compensación.
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Por Infocampo

La información deberá suministrarse desagregada en forma mensual por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2005 y el 30 de noviembre de 2006, mediante nota suscripta por el titular de la explotación en carácter de declaración jurada, hasta el 26 de enero de 2007.

Los beneficiarios de ese subsidio deberán estar inscriptos en el registro creado al efecto por la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA), dependiente de la Secretaria de Adricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGyPA).

La resolución 607/07 publicada hoy en el Boletín Oficial involucra a productores inscriptos en el registro creado para que puedan acceder al subsidio quienes vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

El incumplimiento de estos requisitos impedirá el acceso al subsidio correspondiente, situación que se mantendrá hasta la regularización de esa situación.

La omisión o falsedad de los datos declarados hará pasibles a los infractores de las sanciones previstas por la ONCCA para este caso puntual.

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