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Siguen aplicando un descuento del 5% a los precios futuros del maíz

Los precios de los contratos marzo/abril 2008 deberían estar en 125 u$s/t en lugar de 120 u$s/t. Pero los exportadores se cobran una suerte de seguro por no poder declarar operaciones. La Sagpya mantiene cerrado el registro de ventas al exterior de maíz 2007/08.

Los precios de los contratos marzo/abril 2008 deberían estar en 125 u$s/t en lugar de 120 u$s/t. Pero los exportadores se cobran una suerte de seguro por no poder declarar operaciones. La Sagpya mantiene cerrado el registro de ventas al exterior de maíz 2007/08.
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Por Infocampo

Los empresarios agrícolas siguen recibiendo valores de maíz marzo/abril 2008 con descuentos del orden del 5% porque las autoridades de la Secretaría de Agricultura (Sagpya) mantienen cerrado el registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de maíz 2007/08.

El contrato de maíz marzo 2008 del mercado de Chicago (CBOT) cerró ayer a un valor de 167,4 u$s/tonelada y acumula una ganancia del 7,2% en lo que va del presente mes de junio. En tanto, ayer en Rosario (UpRiver) se ofrecieron forwards de maíz marzo/abril 2008 a precios de hasta 120 u$s/t, un valor 1,6% superior al valor máximo ofrecido a fines del mes pasado.

La capacidad teórica de pago de maíz 2007/08 de los exportadores se encuentra en la actualidad en el orden de los 125 u$s/t. Pero al no poder registrar operaciones externas âun trámite necesario para fijar el pago por retenciones correspondiente a cada envíoâ los traders optan por aplicar un descuento a los precios de los forwards ofrecidos a modo de âseguroâ (que obviamente es pagado por el productor).

El diferencial de precios de maíz en el CBOT entre la posición más cercana (julio 2007) contra el contrato de marzo de 2008 se ubica en torno al 5% (159,2 versus 167,4 u$s/t; cierre de ayer miércoles).

En cambio, el mercado argentino âa partir de las distorsiones implementadas por la política oficialâ va a contramano del resto del mundo. Los futuros de marzo/abril 2008 tienen un descuento del orden del 7% con respecto a las posiciones más cercanas (forward agosto 2007 Rosario de 129 u$s/t versus 120 u$s/t marzo/abril 2008).

Las autoridades de la Sagpya decidieron suspender en varias oportunidades los registros de exportaciones de granos luego de descubrir que la política de intervención oficial combinada con un notable adelantamiento de las declaraciones de exportaciones de maíz, trigo y soja 2006/07 había generado una transferencia a las compañías exportadoras por un valor de alrededor de 220 M/u$s (es decir: dinero que dejó de percibir el Estado a favor de los traders).

La Ley N° 21.453 y sus modificatorias disponen que los exportadores deben realizar una declaración jurada de todas las ventas externas de granos ante la Dirección Nacional de Mercados Agroalimentarios de la Secretaría de Agricultura (SAGPyA). Para esto la SAGPyA informa diariamente un precio FOB oficial para cada grano; precio a partir del cual se determina el pago que realizarán los exportadores en concepto de derechos de exportación (habitualmente denominado âretencionesâ).

La cuestión es que, una vez registrada una operación en la SAGPyA, las compañías exportadoras cuentan con un plazo de hasta un año para concretar el embarque; pero el derecho de exportación se aplica sobre el valor declarado ante la SAGPyA y no sobre el precio FOB vigente al momento del embarque.

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