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Buenos Aires reglamentó el aborto no punible

El Ministerio de Salud porteño determinó los requisitos para permitir que se interrumpa un embarazo. Se pedirá una declaración jurada o denuncia policial en los casos de violación.

infocampo

Seis meses después del fallo de la Corte Suprema que habilitó el aborto no punible en casos de violación, la Ciudad de Buenos Aires reglamentó el procedimiento para la interrupción de embarazos en los casos contemplados por la ley.

La resolución 1.252 fue firmada el jueves por el ministro de Salud porteño, Jorge Lemus, pero recién hoy Infobae.com fue el primer medio en acceder al documento. El mismo establece los pasos a seguir para los casos en los que una mujer busque abortar porque corre peligro su salud o porque fue víctima de una violación.

Para los casos de personas que hayan quedado embarazadas por un abuso sexual, el gobierno porteño aclara que deberá realizarse con una denuncia policial o una declaración jurada “sin necesidad de requerir autorización judicial” dentro “del límite gestacional de doce (12) semanas, con el correlato ecográfico correspondiente”.

A diferencia de otros distritos, la Ciudad requerirá que en los casos de mujeres discapacitadas o menores de edad sean informadas “las personas que por ley ejerzan su representación legal”.

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