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Ya es obligatoria la instalación de balanzas electrónicas en frigoríficos bovinos y porcinos

Asimismo, las empresas alcanzadas deberán contar con un Controlador Electrónico de Faena (CEF). La ley se publicó en el Boletín Oficial.

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Por Infocampo

A través de la Disposición 3-E/2017, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Agroindustria de la Nación oficializó la obligatoriedad de la instalación de balanzas electrónicas en los establecimientos frigoríficos faenadores de especies bovinas y porcinas.

Se trata de las llamadas cajas negras, que deberán estar acompañadas de al menos un sistema Controlador Electrónico de Faena (CEF) en “perfecta operatividad” en la balanza del palco de tipificación o “en cada balanza en caso de haber más de una”, según describe la norma, que salió un día después de la reunión del presidente Macri con la Mesa de Ganados y Carnes.

“El Controlador Electrónico de Faena (CEF) es un equipamiento electrónico criptográfico, con funciones para registrar imagen, peso, fecha, hora de pesada y posición de cada res o media res pesada -según se trate de bovinos o porcinos- en los puntos críticos del circuito de faena, permitiendo establecer la correspondencia de la numeración correlativa de las reses trazadas con el romaneo de faena y la documentación de origen de las mismas”, señala el texto.

En ese sentido, las empresas podrán elegir el CEF y su servicio técnico correspondiente, por lo que Agroindustria hará los registros de los proveedores a través de la Subsecretaría de Control Agropecuario. Recién luego de ese paso, los frigoríficos deberán instalar el equipamiento en noventa días.

De incumplirse con la norma, el texto indica que “implicará la inmediata baja de la inscripción para el establecimiento faenador del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) con la consecuente imposibilidad de realizar operaciones de faena hasta tanto se regularice la situación”.