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Alberto Rodríguez: "Los bloqueos a los puertos atentan contra la industria aceitera"

"El reclamo del Sindicato de Camioneros es improcedente y carente de fundamentos jurídicos; los bloqueos coercitivos son vías contrarias a la normativa constitucional", aseguró el director ejecutivo de Ciara-Cec en un artículo publicado hoy en El Federal.

"El reclamo del Sindicato de Camioneros es improcedente y carente de fundamentos jurídicos; los bloqueos coercitivos son vías contrarias a la normativa constitucional", aseguró el director ejecutivo de Ciara-Cec en un artículo publicado hoy en El Federal.
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Por Infocampo

El reclamo que ha realizado el Sindicato de Camioneros a la industria aceitera resulta totalmente improcedente y carente de fundamentos jurídicos. Además, la utilización de bloqueos coercitivos de los accesos y salidas de puertos y plantas productivas, es una vía de hecho contraria a la normativa constitucional, los tratados internacionales y la legislación específica.

Desde este punto de vista, afirmamos categóricamente que constituyen acciones manifiestamente ilegales que producen un daño desmedido a un grupo de empresas ajenas al eventual conflicto, sus empleados, la economía en su conjunto y a la reputación de la Argentina.

Dicho esto, señalo que el levantamiento de los bloqueos decidido por el gremio el sábado pasado y el inicio de conversaciones para lograr hacia el futuro una adecuada convivencia, son un paso en la dirección correcta. Esto no debe entenderse como una aceptación del reclamo del Sindicato de Camioneros fundamentados en supuestos incumplimientos laborales de las empresas transportistas (falta de aportes, diferencias salariales, etc.) o de sus contratantes (los dadores de carga) o una supuesta responsabilidad solidaria por parte de las empresas procesadoras de oleaginosas y exportadoras de cereales y subproductos.

En efecto, estas empresas son receptoras de cargas y no realizan esas contrataciones. Es práctica tradicional y reconocida en el comercio de granos que el vendedor entrega la mercadería en el lugar indicado por el comprador, tomando a su cargo la contratación y pagos de los gastos de transporte.

Por lo señalado, en el caso de que existieran los incumplimientos laborales denunciados, es una responsabilidad de las empresas transportistas y, eventualmente, de sus contratantes. Sin embargo, y adicional a lo anterior, la función de contralor y de cumplimiento de esas obligaciones no corresponde a un sindicato o un grupo de personas que se arroga esa representatividad.

La regularización laboral que se demanda es un tema en el cual debe intervenir el Estado y sus organismos competentes, en el caso particular del comercio de granos, la Oncca, el Ministerio de Trabajo de la Nación y la AFIP. Son estos organismos los que están en condiciones de controlar a los choferes que transportan granos y si están o no correctamente inscriptos y con sus aportes al día, con la información que recibe diariamente la Oncca de las cartas de porte emitidas por los cargadores y recibidas por los destinatarios.

Una acción coercitiva e ilegal de cualquier tipo o grupo de personas no puede modificar a su gusto la legislación vigente ni pretender arrogarse el papel de policía de las mismas. Nos preocupa en este sentido la utilización de métodos coercitivos y el daño que se está provocando a una actividad estratégica para el país, que no alcanza solo a un grupo de empresas, sino al conjunto del sector, desde el productor, pasando por todas las actividades que participan directa e indirectamente, el acopio, transporte y los miles de trabajadores que dependen del sector.

Alberto Rodríguez, director Ejecutivo de la Cámara de la Industria Aceitera (CIARA-CEC)

(Artículo publicado en la edición de hoy de El Federal)

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