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El Gobierno prorrogó impuestos en zonas afectadas por inundaciones e incendios

El Ejecutivo otorgó un plazo especial para el cumplimiento de las obligaciones impositivas en las provincias de Córdoba y Chubut.

infocampo

A partir del grave estado que atraviesan algunas provincias que fueron golpeadas por varios fenómenos climáticos, el gobierno nacional decidió otorgar prórrogas para el pago de impuestos y duplicar las prestaciones para todas aquellas personas que “resultaron gravemente afectadas”, según publica Infobae.

A través del Boletín Oficial, el Ejecutivo comunicó que concedió plazos especiales para el cumplimiento de obligaciones impositivas en zonas de las provincias de Córdoba -golpeada por las inundaciones- y de Chubut -afectada por graves incendios-. Asimismo, aumentó un 100% las asignaciones en la provincia cordobesa y en Tucumán.

“Visto los daños producidos por las inundaciones acaecidas durante el mes de febrero de 2015, en determinadas localidades de Córdoba (y Chubut) (…) establécese un plazo especial para la presentación y en su caso pago, de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)”, precisó la comunicación en dos resoluciones distintas.

En ambas comunicaciones aclararon que “la presentación y pago de las obligaciones con vencimientos fijados para los días 18 al 27 de febrero de 2015 y durante los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2015, se considerarán efectuados en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos fijadas por la AFIP, de acuerdo con la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable, para los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2015, respectivamente”.

Asimismo, se suspendió por el término de 120 días corridos y contados a partir de hoy, la emisión y gestión de intimaciones “por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas”. “Los responsables deberán realizar la solicitud mediante la presentación de una nota -con carácter de declaración jurada- ante la dependencia de AFIP en la que se encuentren inscriptos”.

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