La semana pasada se publicó en el Boletín Oficial N° 174 de la provincia de Córdoba la Ley 10.094 por la que se reconoce la denominación de origen “Maní de Córdoba”. La ley había sido sancionada a fines de septiembre por unanimidad en el recinto de la legislatura provincial.
Técnicamente, la norma se refiere al sello distintivo de origen, calidad, características y condición que identifica exclusivamente al maní cultivado dentro del territorio provincial cuyos requisitos serán establecidos en la reglamentación de la ley, y también alcanza a los derivados del maní siempre y cuando provengan de tierra cordobesa.
A través de este sello distintivo, los usuarios tienen derecho al uso de emblemas, siglas, logotipos autorizados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos y a la participación en ferias y misiones comerciales que la provincia promocione como oficiales.
En clave agribusiness, la diferenciación como estrategia de descommoditización significa un agregado de valor importante para la competitividad de la cadena manisera que gana terreno internacionalmente, y ahora con reconocimiento institucional. Más aún cuando lo que se valoriza es un activo intangible representado en los sabores y olores propios de una geografía.
Al principio del debate legislativo había trascendido la posibilidad del cobro de una tasa por parte de la cartera agrícola a los beneficiarios para solventar los gastos administrativos y de control que pudieran ocasionarse para gestionar y mantener la estructura necesaria alrededor de una denominación de origen.
Sin embargo, según fuentes oficiales luego se desistió ya que para la provincia contar con un sello de origen es una herramienta competitiva importante que no sería gravada y que además le abre puertas a nuevos mercados.

