La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), fijó nuevos valores criterio para la importación de tejidos de fibras discontinuas de poliéster que contengan estas fibras superior o igual al 85 en peso. La medida se dispuso con el fin de proteger tanto la industria nacional como la renta aduanera ante posibles maniobras de subvaloración de estos productos.
A través de la Resolución General N° 3.297, el organismo modificó los valores criterio para la importación de 27 tipos de tejidos distintos, que tienen como rasgo común ser de poliéster y poseer un 85% de este material en su confección.
Los precios a tener en cuenta estipulados por la AFIP varían desde los 3,83 dólares (FOB) hasta los 8,47 dólares (FOB) por kilogramo. Las diferencias intermedias se deben a la calidad de los tejidos y a la cantidad de hilos por centímetro cuadrado, entre otros parámetros.
Estos valores se aplicarán a las importaciones provenientes de los países del grupo 4, a saber: Corea, China, Filipinas, Hong Kong, India, Malasia, Indonesia, Pakistán, Singapur, Taiwán, Thailandia y Vietnam.
Al respecto, Eduardo Detoma, Gerente de la Federación Argentina de Industrias Textiles (FITA), consideró “muy positiva” la normativa fijada por la AFIP y explicó que “la actualización de los valores criterio permitirá que estas manufacturas textiles ingresen nuestro país a los reales valores que se comercializa en el mundo, evitando así maniobras de subfacturación”.
Se adjunta la Resolución General N° 3.297 con detalle de los productos y países alcanzados por esta norma.

