La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió nuevamente el período para registrar operaciones comprendidas en el régimen de retención del IVA de la compraventa de granos no destinados a la siembra.
Según lo dispuesto por la resolución general 2653/09 de la Afip, publicada hoy martes en el Boletín Oficial, el nuevo período rige desde el 1 de mayo de 2009 hasta el 31 de agosto de 2009 inclusive (el plazo ya había sido ampliado hasta el 31 de julio de 2009 por la resolución 2638/09 de la Afip).
En los fundamentos de la medida se indica que ‘que por razones operativas se hace necesario ampliar el período de vigencia del aludido procedimiento de registración’.