El diputado nacional por la provincia del Chaco y ex vicepresidente Federación Agraria (FAA), Pablo Orsolini, presentó hoy un proyecto de ley para restringir la venta de tierras productivas a extranjeros en
‘Buscamos corregir los defectos de la estructura agraria, entre los cuales se destaca la presencia de acumulación de tierras por grandes grupos económicos, la venta a título especulativo y la exclusión de miles de productores’, dijo Orsolini en una reunión que organizó en el anexo de
‘La tierra ha comenzado a ser adquirida por grandes grupos económicos que, escondidos detrás de sociedades, no permiten el conocimiento acabado acerca de quiénes son los verdaderos propietarios de los inmuebles rurales’, señaló el diputado.
‘Llegamos acá no para ocupar una banca, sino para trabajar en estos problemas, los coyunturales que tenemos que resolverlos rápidamente y los estructurales como los de tierras, que vamos a ir avanzando porque son una necesidad imperiosa’, agregó.
Durante la presentación del proyecto disertaron, además de Orsolini, el intendente de la localidad correntina de Santa Rosa Juan José Encinas, la diputada provincial por Río Negro Magdalena Odarda y el periodista Andrés Klipphan, coautor del libro ‘Tierras S.A’.
‘Tenemos que ponernos a pensar la cantidad de tierras que hoy tienen los extranjeros en su poder y qué hacemos (al respecto) los argentinos’, comentó Encinas. ‘Douglas Tompkins ha desalojado a familias enteras haciendo vuelos rasantes con sus aviones para asustar a los pobladores que habitan la zona; hoy solamente quedan las organizaciones turísticas’, contó el intendente correntino.
‘Esperemos que los señores diputados entiendan que necesitamos leyes para actuar en defensa de nuestro territorio’, concluyó Encinas, quien ya había denunciado al empresario estadounidense en ocasiones anteriores.
El proyecto de ley que propone prohibir la compra de inmuebles rurales por parte de ‘personas físicas extranjeras residentes en el país, personas jurídicas extranjeras autorizadas a funcionar en la República Argentina y personas jurídicas argentinas de la cual participen, a cualquier título, personas extranjeras físicas o jurídicas que tengan, en forma individual o en su conjunto, mayoría del capital social y/o de votos, y/o residan o tengan su sede en el exterior’.
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