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Permiten usar las compensaciones para cancelar deudas fiscales

Hasta ahora la efectivización del pago de aportes oficiales al sector agroindustrial se encontraba condicionada a la previa regulación de las deudas impositivas. Pero eso cambió a partir de hoy.

Hasta ahora la efectivización del pago de aportes oficiales al sector agroindustrial se encontraba condicionada a la previa regulación de las deudas impositivas. Pero eso cambió a partir de hoy.
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Por Infocampo

Una nueva resolución conjunta de la Oncca y la AFIP permite a los operadores que hayan solicitado compensaciones cancelar sus deudas con el fisco con el dinero que otorga el estado para aquellos que comercializan sus productos alimentarios en el mercado interno.

Antes de la resolución modificatoria, la efectivización del pago de las compensaciones se encontraba condicionada a la previa regulación de las deudas impositivas y de los recursos de seguridad social de sus solicitantes. En  consecuencia, quienes registraban deuda fiscal no podían acceder al cobro de compensaciones o de aportes no reintegrables.

Pero a partir de la resolución conjunta 2588 y 3198/09 de la Oncca y la Afip, publicada hoy en el Boletín Oficial, se establece un mecanismo que les permite a los operadores cancelar sus deudas tributarias con los pagos realizados por el Estado Nacional por volcar sus productos agropecuarios en el mercado interno.

De esta manera, los operadores interesados en acceder al beneficio deberán presentar ante la ONCCA una nota ‘con carácter de Declaración Jurada’, en la que tendrán que especificar el detalle de sus deudas líquidas y exigibles a cancelar en su nombre. La misma deberá estar firmada por el titular de la compensación y certificada por un escribano público, juez de paz o entidad bancaria.

Es importante aclarar que cuando el beneficio supere el monto tributario adeudado, la ONCCA, tras cancelar la deuda fiscal, efectivizará la diferencia del pago de compensaciones o aportes no reintegrables a favor del operador. 

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